Ayudas 2025-26 al establecimiento de personas jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, primera convocatoria incorporada al Decreto 169/2024

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a personas jóvenes agricultoras que se establezcan en una explotación prioritaria por primera vez en Extremadura. Pueden solicitarla:

No podrán ser beneficiarias las agrupaciones sin personalidad jurídica (salvo las explotaciones de titularidad compartida), ni quienes ya hayan sido beneficiarios de esta ayuda, ni el agricultor o agricultora joven que haya sido titular de una explotación agraria anteriormente (salvo las excepciones que contemplen las Bases Reguladoras).

Qué se subvenciona

Se subvenciona el establecimiento de personas jóvenes agricultores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 75 del Reglamento (UE) nº 2021/2115 y el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 35.000.000 €.

La ayuda consiste en una subvención en forma de importe a tanto alzado que se compone de:

El presupuesto se distribuye en las siguientes anualidades:

Esta financiación está cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Junta de Extremadura.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo para presentar las solicitudes está abierto y finalizará el 31 de diciembre de 2026.

La tramitación se debe realizar de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura en la dirección web: https://www.juntaex.es/w/3632.

Preguntas frecuentes

¿Qué administración convoca esta ayuda?

La ayuda es gestionada por la **Dirección General de Política Agraria Comunitaria** de la Junta de Extremadura.

¿Puede solicitar la ayuda una agrupación sin personalidad jurídica?

No, el extracto prohíbe expresamente la concesión a agrupaciones sin personalidad jurídica, con la única excepción de las **explotaciones de titularidad compartida**.

¿Cuál es el importe máximo que se puede recibir?

El importe se compone de una prima básica de **20.000 euros** y unos incrementos que pueden llegar a los **50.000 euros**.

Convocatoria oficial

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