Subvenciones adquisición receptores de SAT-TDT en alta definición “HD” para facilitar la captación de la televisión digital en el Principado de Asturias para el año 2026.
CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
Ámbito territorial: Asturias
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 929629
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que sean propietarias o usuarias de un inmueble ubicado en el Principado de Asturias en zonas con carencia de cobertura de televisión terrestre (o donde se haya dejado de prestar el servicio terrestre y se reciba por satélite).
Requisitos
Para poder solicitar la subvención, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Haber adquirido un receptor SAT-TDT en alta definición "HD" a través de un distribuidor autorizado SAT-TDT.
El receptor debe estar validado por la Administración del Principado de Asturias en el portal www.sattdt.es.
El inmueble debe estar en una zona con carencia de cobertura terrestre y la compra debe ser posterior al 1 de enero de 2023 (límite de un receptor por inmueble).
Caso excepcional: Si en la zona se dejó de prestar el servicio de TDT terrestre con posterioridad al 1 de enero de 2025 y se pasó a recibir por satélite, la compra del receptor debe ser posterior al 1 de enero de 2025 (en este caso se subvencionan hasta dos receptores por inmueble).
No incurrir en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la adquisición de receptores de SAT-TDT en alta definición "HD" para facilitar la recepción de la señal de televisión digital por satélite en el Principado de Asturias. El período subvencionable para realizar la compra abarca desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de octubre de 2026 (o desde el 1 de enero de 2025 para el caso excepcional de cese de señal terrestre).
Cuantía
La cuantía de la subvención es de 350 euros por receptor.
El máximo subvencionable es de 350 euros por inmueble (o hasta 700 euros en el caso excepcional de dos receptores).
La ayuda no podrá superar el coste real de la adquisición ni el importe solicitado por el ciudadano.
El presupuesto total disponible para esta convocatoria es de 10.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El período de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y finaliza el 30 de octubre de 2026.
Cómo solicitarla: La presentación es obligatoriamente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), utilizando el formulario específico con el código de ficha de servicio AYUD0529T01. Las solicitudes se dirigen a la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo.
Criterios de valoración
La concesión se realiza mediante un procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. El único criterio de prioridad es la fecha de presentación de la solicitud (orden de entrada), siempre que esté completa y cumpla los requisitos. Las ayudas se adjudicarán de forma directa en este orden hasta que se agote el crédito de 10.000 euros.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos receptores de televisión puedo subvencionar por vivienda?
Por regla general, únicamente se puede conceder una subvención de **350 euros por inmueble**. Excepcionalmente, en las zonas donde se haya dejado de prestar el servicio terrestre de TDT después del **1 de enero de 2025** para pasar a la señal por satélite, se podrán subvencionar hasta **dos receptores por inmueble** (con un máximo de **700 euros**).
¿Dónde tengo que haber comprado el aparato para que sea subvencionable?
El receptor SAT-TDT en alta definición "HD" debe haber sido adquirido a través de un **distribuidor autorizado SAT-TDT** y tiene que estar validado en el portal de gestión de altas **www.sattdt.es**.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta cuando la presento?
Si la solicitud necesita subsanación, la fecha que se tomará como válida para determinar el orden de prioridad por presentación será aquella en la que se corrijan las deficiencias detectadas y la documentación esté completa.