Resolución Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se convocan ayudas para el fomento de la natalidad y la adopción en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026.
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO
Importe total: 2.098.300 €
Apertura del plazo: 01 de abril de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Asturias
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 894443
A quién va dirigida
A las unidades familiares (personas físicas que no desarrollan actividad económica) que tengan su residencia habitual en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias y tengan menores a su cargo por nacimiento o adopción.
Requisitos
Haber tenido o adoptado un hijo/a entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Tener la residencia habitual en cualquier concejo del Principado de Asturias.
La suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores o adoptantes no debe ser superior a 45.000 €.
Qué se subvenciona
El nacimiento o la adopción de un hijo o hija, como medida de apoyo a la natalidad y fomento demográfico en el Principado de Asturias, con especial atención a las familias que residen en concejos con riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica.
Cuantía
La ayuda económica se calcula según los siguientes importes:
1.200 euros por el nacimiento o adopción del primer hijo.
1.700 euros por el nacimiento o adopción del segundo y/o sucesivos hijos.
2.200 euros por el nacimiento o adopción de hijos/as en familias con domicilio en concejos con riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, independientemente del orden del nacido.
El presupuesto total de la convocatoria es de 2.098.300 EUR.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 1 de abril de 2026 y cierra el 30 de noviembre de 2026, rigiéndose por los siguientes criterios:
Para los nacidos o adoptados entre el 1 de octubre de 2025 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria: el plazo de presentación finalizará dos meses después de dicha publicación.
Para los nacidos o adoptados desde el día siguiente de la publicación del extracto hasta el 30 de septiembre de 2026: el plazo finalizará dos meses después del nacimiento o adopción del menor.
La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), introduciendo el código AYUD0408T01 en el buscador de la cabecera para acceder a la Ficha de Servicio, el formulario normalizado y el trámite en línea.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tarda la administración en resolver la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de **6 meses** a contar desde el vencimiento de la presentación de la solicitud. Si transcurre este plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.
¿Cómo sabré si me han concedido la ayuda?
La resolución de la concesión o denegación de la subvención se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (**BOPA**).