Bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a gastos de material escolar para el curso 2026/2027
AYUNTAMIENTO DE RIELLS I VIABREA
Importe total: 2500 €
Apertura del plazo: 15 de septiembre de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Cataluña · Girona
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 929596
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, que estén empadronadas en Riells i Viabrea y que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Qué se subvenciona
El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a gastos de material escolar para el curso 2026/2027.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 2.500 €. El importe mínimo de la ayuda por cada alumno será de 70 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2026 (el periodo de apertura se inicia el 15 de septiembre de 2026).
Para solicitar la ayuda, se debe aportar la siguiente documentación:
Solicitud específica debidamente cumplimentada. Si se solicita para más de un miembro de la unidad familiar, se rellenará un único formulario para todos.
Relación de gastos subvencionables con sus importes correspondientes.
Nombre del alumno o alumnos, centro educativo y curso escolar.
Declaración de la renta del año anterior o, en su defecto, un certificado negativo de IRPF.
Certificado de titularidad de la cuenta corriente para el pago.
Autorización para la consulta de datos (en caso de no autorizarla, se deberá aportar toda la documentación requerida para verificar que se cumplen los criterios).
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si tengo más de un hijo en edad escolar?
Sí. En el caso de que la ayuda se solicite para más de un miembro de la misma unidad familiar, se debe rellenar un **único formulario de solicitud** para todos ellos.
Debe presentar la **declaración de la renta del año anterior** o, si no tiene la obligación de realizarla, un **certificado negativo de IRPF**.
¿Qué pasa si no autorizo al Ayuntamiento a consultar mis datos?
Si no firma la autorización para la consulta de datos, tendrá que **aportar usted mismo toda la documentación** necesaria para verificar que cumple con los criterios exigidos.