bases que rexerán o procedemento de concesión de axudas a entidades privadas para o fomento da gratuidade da atención educativa dos nenos e nenas da Comunidade Autónoma de Galicia en escolas infantís 0-3 para o curso 2026/2027 e se procede á súa convocato
CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD
Importe total: 46.948.893 €
Apertura del plazo: 28 de julio de 2026
Cierre del plazo: 30 de octubre de 2027
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Educación preprimaria
Ámbito territorial: Galicia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 921196
A quién va dirigida
Entidades privadas (pymes y personas físicas con actividad económica) que desarrollen su actividad en Galicia y sean titulares o gestoras de escuelas infantiles 0-3 años.
Quedan excluidas las entidades que accedan a la bonificación por otras líneas de la Consellería de Política Social e Igualdad, así como las que gestionen centros de titularidad municipal, del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar o de la Agencia Gallega de Servicios Sociales.
Requisitos
Las entidades y centros deben cumplir lo siguiente:
Estar inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales.
Disponer del permiso de inicio de actividades otorgado por la Consellería de Política Social e Igualdad.
Tener sus tarifas desglosadas por tipo de gasto y actualizadas en dicho registro.
Disponer de documentación que acredite que el alumnado reside y está empadronado en un ayuntamiento de Galicia y sigue el calendario de vacunación infantil del Programa gallego de vacunación.
Aplicar una bonificación del 100% del precio de la atención educativa.
Qué se subvenciona
La bonificación del 100% del precio de la atención educativa prestada entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de julio de 2027 para estancias continuadas de entre un mínimo de 3 y un máximo de 8 horas diarias.
Quedan expresamente excluidos los costes de comedor, cocina, materiales, actividades extra y cualquier servicio que suponga un coste adicional cuantificable. El alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo computa como dos plazas, multiplicándose la ayuda por dos.
Cuantía
Compensación del precio mensual según tarifas por horas de asistencia, hasta un máximo de 364 euros/mes por plaza a jornada completa (excluyendo el mes de vacaciones).
Las tarifas del curso 2026/27 podrán incrementarse hasta un 4% respecto al curso anterior sin rebasar los 364 euros (tope en el que se incluye la matrícula proporcional). Si tras dicho incremento el precio fuera inferior a 320 euros, se podrá subir hasta alcanzar los 320 euros.
El cálculo general se realiza multiplicando hasta 11 mensualidades por las plazas ocupadas a 1 de febrero de 2026 y por la tarifa aplicable.
Si la ayuda concedida no cubre la totalidad del coste de la atención educativa, la diferencia correrá a cargo de la entidad beneficiaria.
Obligaciones
Ofertar el servicio de atención educativa durante un mínimo de 8 horas diarias.
Entregar a las familias justificantes mensuales que detallen las horas de asistencia, el importe que correspondería abonar y la leyenda «precio bonificado 100% por la Xunta de Galicia».
No cobrar a las familias por conceptos distintos a los previstos en cursos anteriores (salvo nuevos servicios voluntarios), ni cobrar por el desarrollo del proyecto educativo o pedagogías alternativas.
Plazo y cómo solicitarla
El procedimiento se tramita en concurrencia no competitiva (código BS420C).
El plazo de presentación es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Para centros con permiso de inicio de actividades posterior o cambios de titularidad, el plazo es de un mes desde la notificación del permiso, con fecha límite improrrogable el 30 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Se puede cobrar reserva de plaza a las familias?
Sí, hasta el equivalente a **una mensualidad**. Este importe debe compensarse a las familias de forma proporcional a partir de **octubre** a lo largo del curso en otros servicios distintos a la atención educativa, siempre que el menor asista un mínimo de **un mes**.
¿Qué sucede si un menor falta reiteradamente a la escuela infantil?
La falta de asistencia no justificada durante **5 días consecutivos** provocará la baja automática del alumno o alumna en el programa de gratuidad.
¿Qué ocurre si la estancia del menor en el centro dura un mes o menos?
Una asistencia igual o inferior a **un mes** (salvo traslado efectivo de centro) no se considera continuada, por lo que no genera derecho al pago de la subvención ni a la devolución del importe de reserva de plaza.