bases que rexerán o procedemento de concesión de axudas a entidades privadas para o fomento da gratuidade da atención educativa dos nenos e nenas da Comunidade Autónoma de Galicia en escolas infantís 0-3 para o curso 2026/2027 e se procede á súa convocato

CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD

A quién va dirigida

Entidades privadas (pymes y personas físicas con actividad económica) que desarrollen su actividad en Galicia y sean titulares o gestoras de escuelas infantiles 0-3 años.

Quedan excluidas las entidades que accedan a la bonificación por otras líneas de la Consellería de Política Social e Igualdad, así como las que gestionen centros de titularidad municipal, del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar o de la Agencia Gallega de Servicios Sociales.

Requisitos

Las entidades y centros deben cumplir lo siguiente:

Qué se subvenciona

La bonificación del 100% del precio de la atención educativa prestada entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de julio de 2027 para estancias continuadas de entre un mínimo de 3 y un máximo de 8 horas diarias.

Quedan expresamente excluidos los costes de comedor, cocina, materiales, actividades extra y cualquier servicio que suponga un coste adicional cuantificable. El alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo computa como dos plazas, multiplicándose la ayuda por dos.

Cuantía

Compensación del precio mensual según tarifas por horas de asistencia, hasta un máximo de 364 euros/mes por plaza a jornada completa (excluyendo el mes de vacaciones).

Obligaciones

Plazo y cómo solicitarla

El procedimiento se tramita en concurrencia no competitiva (código BS420C).

El plazo de presentación es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Para centros con permiso de inicio de actividades posterior o cambios de titularidad, el plazo es de un mes desde la notificación del permiso, con fecha límite improrrogable el 30 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Se puede cobrar reserva de plaza a las familias?

Sí, hasta el equivalente a **una mensualidad**. Este importe debe compensarse a las familias de forma proporcional a partir de **octubre** a lo largo del curso en otros servicios distintos a la atención educativa, siempre que el menor asista un mínimo de **un mes**.

¿Qué sucede si un menor falta reiteradamente a la escuela infantil?

La falta de asistencia no justificada durante **5 días consecutivos** provocará la baja automática del alumno o alumna en el programa de gratuidad.

¿Qué ocurre si la estancia del menor en el centro dura un mes o menos?

Una asistencia igual o inferior a **un mes** (salvo traslado efectivo de centro) no se considera continuada, por lo que no genera derecho al pago de la subvención ni a la devolución del importe de reserva de plaza.

Convocatoria oficial

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