AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Ayuntamiento de San Bartolomé, en su compromiso con el bienestar social y la promoción de la salud en la comunidad canaria, ha formalizado la concesión de una subvención directa nominada a la entidad ALANEM. Esta ayuda económica está destinada específicamente a apoyar la ejecución del proyecto "Programa de atención sociosanitaria en esclerosis múltiple" durante el ejercicio presupuestario 2026. A continuación, se detalla la información relevante de esta resolución.
Esta subvención, por su naturaleza de directa y nominada, está específicamente dirigida a la entidad ALANEM. El objetivo es que, a través de esta financiación, ALANEM pueda llevar a cabo el proyecto "Programa de atención sociosanitaria en esclerosis múltiple", beneficiando así a las personas afectadas por esta enfermedad en el ámbito de actuación del Ayuntamiento de San Bartolomé.
Los beneficiarios últimos de las acciones derivadas del programa son las personas que requieren atención sociosanitaria en el contexto de la esclerosis múltiple. La subvención se enmarca dentro del sector de Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales, con una finalidad clara de Servicios Sociales y Promoción Social.
Dado que se trata de una subvención directa nominada, el beneficiario ya ha sido determinado en la propia resolución. Los datos oficiales indican que la subvención está destinada a ALANEM.
La convocatoria especifica que el tipo de beneficiario es PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. Esto implica que la entidad ALANEM debe cumplir con esta condición, es decir, ser una persona jurídica que no persigue fines de lucro a través de actividades económicas regulares. Los datos oficiales no proporcionan más requisitos específicos para la entidad ALANEM, ya que la designación es directa.
Los datos oficiales establecen que la finalidad de esta subvención es la ejecución del proyecto "Programa de atención sociosanitaria en esclerosis múltiple". Por lo tanto, se entiende que los fondos concedidos deben destinarse íntegramente a cubrir los gastos directamente relacionados con la implementación y desarrollo de las actividades y servicios previstos en dicho programa.
La convocatoria no detalla un listado específico de gastos subvencionables, pero se infiere que cualquier coste asociado a la provisión de atención sociosanitaria, el personal, los materiales o los recursos necesarios para el funcionamiento del programa, siempre que sean justificables y estén directamente vinculados al proyecto, serán elegibles. No se mencionan objetivos específicos del programa más allá de su título.
La cuantía total de la subvención concedida a ALANEM asciende a 6.000 EUR. Esta cantidad se otorga dentro del presupuesto vigente para el ejercicio 2026.
Respecto a los plazos, la resolución fue emitida el 10 de julio de 2026. Los periodos de referencia para la ejecución y justificación de la subvención son:
Esto significa que los gastos elegibles deben haberse incurrido entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026. La fecha de cierre también marca el límite para la presentación de la justificación de la subvención, salvo que la resolución o la normativa de aplicación establezcan otro plazo para la presentación de la documentación justificativa.
Esta es una subvención directa nominada, lo que significa que el beneficiario (ALANEM) ya ha sido designado directamente en la Resolución nº 4031 de 10 de julio de 2026. Por lo tanto, no existe un proceso de solicitud abierto para otras entidades. La concesión se realiza sin concurrencia competitiva, habiendo sido la entidad ALANEM identificada previamente por el Ayuntamiento de San Bartolomé para llevar a cabo el proyecto.
Al tratarse de una subvención directa nominada, los errores frecuentes asociados a los procesos de solicitud en concurrencia competitiva (como no cumplir requisitos de elegibilidad, errores en la documentación o plazos de presentación) no son aplicables en este caso a terceros. Para la entidad beneficiaria, ALANEM, los errores más comunes podrían centrarse en:
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 6000 €.
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