ORDEN DEL MINISTERIO DE CULTURA POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA BONO CULTURAL JOVEN 2026
DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS CULTURALES
Importe total: 160.000.000 €
Apertura del plazo: 22 de junio de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: ES - ESPAÑA
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 912379
A quién va dirigida
A jóvenes que cumplan 18 años en 2026.
Requisitos
Para solicitar la ayuda es necesario cumplir alguno de los siguientes supuestos en el momento de la solicitud:
Poseer la nacionalidad española o residencia legal en España.
Ser solicitante de asilo en España.
Haber solicitado protección temporal.
Ser una persona extranjera extutelada que se encuentre en trámite de obtención del permiso de residencia legal en España.
Qué se subvenciona
La adquisición de productos, servicios y actividades culturales en entidades adheridas al programa. La persona solicitante debe elegir de forma obligatoria e irreversible entre dos opciones incompatibles:
Modalidad 1:
Un máximo de 200 euros para artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural y medios de creación artística (entradas y abonos de artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones, festivales, cursos presenciales de materias culturales, instrumentos musicales, partituras, cámaras fotográficas, software de creación y espectáculos taurinos).
Un máximo de 100 euros para productos culturales en soporte físico (libros, revistas, prensa, videojuegos, vinilos, CD, DVD y Blu-ray).
Un máximo de 100 euros para consumo digital o en línea (suscripciones a plataformas audiovisuales o musicales, audiolibros, libros digitales, compra de música digital, pódcast, videojuegos en la nube, cursos culturales en línea y suscripciones a prensa o revistas digitales).
Modalidad 2:
Hasta un máximo de 400 euros en una única categoría destinada a cursos y talleres culturales (presenciales y en línea), instrumentos musicales y medios de creación y material artísticos.
Cuantía
La ayuda es de 400 euros por persona beneficiaria, abonados a través de una tarjeta prepago. El presupuesto global del programa asciende a 160.000.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de solicitud permanece abierto desde el 22 de junio de 2026 hasta las 23:59 horas (hora peninsular española) del 31 de octubre de 2026.
La tramitación se realiza obligatoriamente por medios electrónicos en la web https://bonoculturajoven.gob.es. Si la persona solicitante aún no ha cumplido 18 años, deberá identificarse mediante Cl@ve PIN con registro avanzado o Cl@ve permanente (obtenida de forma presencial junto a su padre, madre o tutor).
La resolución de concesión se notificará en un plazo máximo de seis meses desde la presentación. La tarjeta prepago se descarga habitualmente a través de una aplicación móvil, o en formato físico si se declara no disponer de teléfono inteligente o tecnología NFC.
Obligaciones
Realizar las compras exclusivamente en las Entidades Adheridas al programa.
Subir a la plataforma del Bono Cultural Joven el comprobante electrónico o justificante digitalizado de cada compra, donde figure el importe, la fecha y el nombre de la entidad.
Mantener la modalidad seleccionada en la solicitud, sin posibilidad de modificación posterior.
Reintegrar o devolver los gastos en caso de uso indebido de la tarjeta prepago.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la tarjeta en formato físico si no tengo un teléfono compatible?
Sí. Si la persona beneficiaria manifiesta en la solicitud que no dispone de teléfono inteligente o que este carece de tecnología NFC, se le facilitará una tarjeta de prepago física.
¿Se puede cambiar de modalidad tras haber enviado la solicitud?
No. Las dos modalidades son incompatibles entre sí y, una vez presentada la solicitud, no es posible cambiar la opción elegida.
¿Qué ocurre si aún no he cumplido los 18 años al presentar la solicitud?
Deberás identificarte obligatoriamente mediante Cl@ve PIN con registro avanzado o Cl@ve permanente, trámite presencial que requiere acudir acompañado por tu padre, madre o tutor a una oficina de registro.