CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa para PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS
Esta ficha divulgativa presenta la subvención nominativa concedida a PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS, reflejada en la Resolución de 21 de mayo de 2026 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias. Su objetivo es proporcionar una visión clara y concisa de los aspectos más relevantes de esta ayuda pública.
Esta subvención nominativa está autorizada y dispuesta a favor de una entidad específica: PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS. Por la naturaleza de las subvenciones nominativas, no se trata de una convocatoria abierta a una pluralidad de beneficiarios, sino de una ayuda directa a una organización predeterminada. El tipo de beneficiario identificado es "PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA".
Dado que se trata de una subvención nominativa ya autorizada y dispuesta a favor de una entidad concreta (PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS), la información disponible no detalla requisitos generales de acceso como en una convocatoria competitiva. Los requisitos específicos para la concesión de esta subvención se habrían establecido previamente en la normativa o convenio que justifica su carácter nominativo. No obstante, la finalidad es el apoyo a "Servicios Sociales y Promoción Social".
La finalidad general de esta subvención es apoyar "Servicios Sociales y Promoción Social". La información proporcionada no desglosa un listado específico de gastos subvencionables, programas o actividades concretas a financiar. Dada su naturaleza nominativa, el destino exacto de los fondos estará detallado en el acuerdo o convenio particular suscrito con PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS, que no se incluye en los datos oficiales disponibles.
El importe total de la subvención concedida es de 49.084 EUR.
En cuanto a los plazos, la Resolución que autoriza y dispone el gasto tiene fecha de 21 de mayo de 2026. El periodo de apertura de esta "convocatoria" (entendida como el periodo de vigencia para el cual se establece esta subvención nominativa) es del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
Al tratarse de una subvención nominativa ya autorizada y dispuesta a favor de PLENA INCLUSIÓN (FEAPS) ASTURIAS, no existe un proceso de solicitud abierto para otras entidades. La subvención ha sido directamente otorgada a la entidad beneficiaria. Por tanto, no se proporcionan instrucciones para la presentación de solicitudes, formularios o documentación a aportar, ya que este procedimiento no aplica a esta tipología de ayuda.
Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de resoluciones es confundir una subvención nominativa con una convocatoria abierta. Las subvenciones nominativas se otorgan directamente a una entidad específica, sin concurrencia. Por ello, no se pueden "solicitar" como si fuera una convocatoria al uso. Otro error sería esperar encontrar un listado detallado de requisitos o gastos subvencionables aplicables a cualquier interesado, ya que estos términos se definen en el marco del convenio particular con el beneficiario.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 49.084 €.
Más subvenciones de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar · Subvenciones en Asturias