RESOLUCIÓN por la que se convocan subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales, para el año 2026 y se aplica el gasto autorizado

INSTITUTO ASTURIANO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

A quién va dirigida

Esta ayuda está destinada a las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas (incluyendo trabajadores autónomos, comunidades de bienes y centros especiales de empleo con o sin ánimo de lucro), de cualquier sector de actividad, que cumplan los siguientes requisitos:

Qué se subvenciona

Inversiones destinadas a la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo. El objetivo exclusivo de estas adquisiciones debe ser la eliminación o reducción de riesgos laborales para las personas trabajadoras en Asturias.

El periodo de ejecución de estas actuaciones (que ya deben estar completamente facturadas y pagadas) comprende desde el 4 de octubre de 2025 hasta el día de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 755.000,00 euros.

La ayuda económica cubre el 40% del presupuesto subvencionable, con los siguientes límites máximos por solicitante:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPA.

La solicitud y la documentación justificativa de la inversión se deben presentar al mismo tiempo. El trámite se realiza en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es) utilizando el código de procedimiento AYUD0163T01.

La presentación electrónica es obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y representantes de estas. Las personas físicas pueden elegir entre la presentación electrónica o la presencial en los registros habilitados.

La documentación obligatoria a aportar incluye el formulario de solicitud, la cuenta justificativa, facturas definitivas, justificantes de pago y una memoria detallada del proyecto donde se identifiquen los riesgos laborales previos y las mejoras preventivas que aporta la nueva adquisición.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar la justificación de los pagos después de que me concedan la ayuda?

No. La documentación justificativa de la inversión (que incluye las facturas definitivas y los justificantes de pago) se debe presentar de manera obligatoria **al mismo tiempo de la solicitud** de la subvención.

¿Se pueden subvencionar compras que aún no he pagado?

No. Para que las actuaciones se entiendan realizadas, las inversiones deben haber sido facturadas y efectivamente pagadas en su totalidad dentro del periodo subvencionable, que va desde el **4 de octubre de 2025** hasta el día de la publicación del extracto en el BOPA.

¿Cómo sé si me han concedido la subvención?

La resolución de la convocatoria será publicada en el **Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA)**, lo cual surtirá los efectos de notificación a todos los interesados.

Convocatoria oficial

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