Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: EDUCACIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 909976
A quién va dirigida
Esta subvención va dirigida exclusivamente a la Asociación de padres d’alumnes del CEIP Sant Antoni de Pàdua (AMPA XERESA).
Requisitos
Para poder percibir esta subvención, la entidad debe cumplir con los siguientes requisitos:
Estar inscrita en el Registro de Asociaciones Vecinales aportando: estatutos, número de inscripción registral, nombre de los cargos directivos, domicilio social, presupuesto del año en curs, programa de actividades del año en curso y certificación del número de socios.
Comunicar al Registro cualquier modificación de sus datos en el plazo de un mes desde que ocurra, así como el presupuesto y programa anual en el mes de enero de cada año.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Qué se subvenciona
Se financian las actividades de carácter educativo realizadas durante el año natural, que cumplan con los siguientes objetivos:
Colaborar con la promoción y uso del valenciano entre la población en edad escolar.
Promover la creación literaria y el desarrollo creativo, así como difundir el uso literario del valenciano en el ámbito escolar.
Participar en el desarrollo de diferentes vertientes artísticas a nivel educativo.
Realizar actividades que contribuyan a la mejora educativa.
Cuantía
La cuantía de la subvención se otorgará de acuerdo con la asignación presupuestaria establecida para este fin en el presupuesto municipal del Ayuntamiento de Xeresa del presente ejercicio.
Plazo y cómo solicitarla
La entidad beneficiaria deberá aportar la documentación justificativa antes del 15 de noviembre de 2026 (15 de noviembre del año natural).
Para el pago de la subvención, se debe presentar:
1. Acreditación de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
2. Una cuenta justificativa firmada por la representación legal que contenga:
Una memoria de actuaciones detallando las actividades realizadas, resultados obtenidos y posibles desviaciones.
Una memoria económica con una relación numerada de los gastos, ordenados por partidas presupuestarias, acompañada de sus justificantes de pago, donde los ingresos no superen los gastos de la actividad.
Obligaciones
La asociación beneficiaria debe cumplir las siguientes obligaciones específicas:
Ejecutar las actividades subvencionadas durante el ejercicio natural.
Indicar de forma expresa en todos los folletos, carteles y material promocional de la actividad que esta se realiza en colaboración con el Ayuntamiento de Xeresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si la asociación no está al día en el Registro de Asociaciones Vecinales?
El incumplimiento de las obligaciones de inscripción y actualización de datos en este registro puede conllevar la baja de la asociación en el mismo, en cuyo caso no corresponderá abonar la subvención.
¿Se pueden justificar más ingresos que gastos en las actividades?
No. El importe total de los ingresos obtenidos para la actividad no podrá superar, en ningún caso, el total de los gastos necesarios para su realización.