AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Esta ayuda está dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (como ONGs o asociaciones) y que tengan su sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
Para poder obtener la subvención, las entidades solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
Se financian acciones humanitarias de emergencia destinadas a personas y comunidades afectadas por situaciones de emergencia o desastre, las cuales deben estar causadas por catástrofes naturales, conflictos armados u otras circunstancias comparables. El ámbito geográfico de actuación es todo el mundo.
El importe total destinado a esta convocatoria es de 6.000 € para el ejercicio presupuestario de 2026.
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 1 de junio de 2026 y finaliza el 31 de octubre de 2026.
Cómo solicitarla:
El procedimiento es de concurrencia sucesiva (abierto de forma permanente), lo que significa que las ayudas se adjudicarán por estricto orden de presentación de solicitudes hasta que se agote el crédito presupuestario.
Se debe presentar la siguiente documentación:
Las notificaciones se realizarán en el lugar y por el medio que la entidad solicitante indique en su solicitud. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Las ayudas se conceden mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, lo que significa que se adjudican siguiendo el estricto **orden de presentación** de las solicitudes. Si el dinero de la partida presupuestaria se agota, las solicitudes pendientes serán desestimadas.
Al tratarse de una resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un **recurso contencioso-administrativo** ante los Juzgados de San Sebastián en el plazo de **dos meses**. De forma previa y opcional, se puede presentar un **recurso de reposición** ante la Alcaldía en el plazo de **un mes**.
La instrucción del procedimiento la realiza el **departamento de Bienestar Social** del Ayuntamiento de Ordizia, y la resolución final corresponde a la **Alcaldía**.
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