Resolución de 19/02/2026 por la que se publica crédito presupuestario disponible durante 2026 - Acción Humanitaria y emergencia.
VICECONSEJERÍA DE SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES
Importe total: 427.390 €
Apertura del plazo: 27 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 888917
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las personas jurídicas que no desarrollan actividad económica que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto 48/2017, de 25 de julio.
Qué se subvenciona
Se financian proyectos de acción humanitaria y de emergencia en régimen de concesión directa.
Cuantía
El crédito presupuestario total disponible para el ejercicio 2026 es de 427.390,00 euros.
La subvención máxima concedida puede ser del 100 % del coste total del proyecto.
El importe máximo individualizado no excederá de 30.000,00 euros por solicitud.
El pago se realizará mediante un pago anticipado único del 100 % de la subvención, dentro de los treinta días siguientes a la resolución de concesión.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Desde el 27 de febrero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026.
Cómo solicitarla: De forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es), dirigiendo la solicitud a la persona titular de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales.
Número de solicitudes: Se presentará una única solicitud por proyecto y entidad (o agrupación de entidades). Se puede ampliar a dos solicitudes si la primera no fue resuelta favorablemente o, excepcionalmente, si ocurre una emergencia grave e inesperada y no hay más solicitudes de otras entidades o la gravedad del suceso requiere más intervenciones.
Trámites obligatorios: Es necesario darse de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas (https://notifica.jccm.es/notifica).
Obligaciones
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro para poder recibir el pago.
Anexar de forma digitalizada en la sede electrónica el resguardo del ingreso de la subvención en la cuenta bancaria señalada (así como el traslado de fondos si se transfiere a otra cuenta).
Preguntas frecuentes
¿Cómo y cuándo se recibe el dinero de la ayuda?
Se recibe en un único pago anticipado por el **100 %** del importe concedido. Este ingreso se realiza en la cuenta bancaria de la entidad en un plazo máximo de **treinta días** tras la emisión de la resolución de concesión.
¿Se pueden presentar dos proyectos diferentes a la convocatoria?
Por norma general solo se admite **una única solicitud** por entidad. Solo se puede presentar una segunda solicitud si la primera fue denegada, o bien de forma excepcional ante una emergencia grave e inesperada si no hay otros solicitantes o la catástrofe requiere un mayor número de intervenciones.
¿Es posible realizar la solicitud en papel o presencialmente?
No. Es obligatorio realizar todo el proceso de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por otros medios.