Convocatoria pública para presentar las solicitudes a las obras recogidas en las bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y vivienda en el término municipal de Lasarte-Oria.2026.

AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA

A quién va dirigida

Esta convocatoria está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a Comunidades de Propietarios y a propietarios de viviendas en el término municipal de Lasarte-Oria.

Qué se subvenciona

Se subvencionan las obras de mejora energética que finalicen entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. Las actuaciones admitidas son:

No se subvenciona: La mera reparación o sustitución de componentes de la carpintería exterior, el cerramiento de terrazas o tendederos para ampliar la vivienda, ni componentes como contraventanas, motores de persiana, mosquiteras, tendederos o barandillas.

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 48.000,00 euros (ampliable si no se agota el crédito de la convocatoria de instalación de ascensores de la misma partida presupuestaria).

Las cuantías máximas por actuación son:

*Nota: Si la suma de las solicitudes supera la cantidad global del presupuesto, los fondos se distribuirán de forma proporcional.*

Plazo y cómo solicitarla

El plazo para presentar las solicitudes está abierto hasta el 31 de octubre de 2026.

Para la solicitud se debe aportar la documentación prevista en las bases reguladoras, con la salvedad de que NO se deberá presentar:

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo hay para realizar y terminar las obras?

Las obras objeto de la subvención deben finalizar obligatoriamente entre el **1 de noviembre de 2025** y el **31 de octubre de 2026**.

¿Puedo pedir la ayuda para cerrar mi terraza y ampliar el salón?

No. No se considera coste subvencionable la carpintería acristalada que se coloque para cerrar ambientes exteriores como terrazas o tendederos con el fin de ampliar la superficie habitable de la vivienda.

¿Es necesario aportar un certificado de empadronamiento o el DNI compulsado?

No. El extracto oficial exime expresamente de presentar el certificado de empadronamiento y permite aportar una fotocopia simple del DNI y NIF, sin necesidad de que esté compulsada.

Convocatoria oficial

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