Convocatoria pública para presentar las solicitudes a las obras recogidas en las bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y vivienda en el término municipal de Lasarte-Oria.2026.
AYUNTAMIENTO DE LASARTE-ORIA
Apertura del plazo: 28 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 908690
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a Comunidades de Propietarios y a propietarios de viviendas en el término municipal de Lasarte-Oria.
Qué se subvenciona
Se subvencionan las obras de mejora energética que finalicen entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. Las actuaciones admitidas son:
Para Comunidades de Propietarios:
Instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante energía solar térmica (incluye instalación y proyectos técnicos).
Instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa u otros sistemas de energías renovables, con distribución para control de consumos individualizados (incluye instalación y proyectos técnicos).
Para propietarios de viviendas:
Sustitución de calderas individuales existentes por otras de gas natural de alto rendimiento (caldera de condensación).
Sustitución de cerramientos acristalados (incluye ventanas, marcos, acristalamiento, cajón de persiana y albañilería derivada).
No se subvenciona: La mera reparación o sustitución de componentes de la carpintería exterior, el cerramiento de terrazas o tendederos para ampliar la vivienda, ni componentes como contraventanas, motores de persiana, mosquiteras, tendederos o barandillas.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 48.000,00 euros (ampliable si no se agota el crédito de la convocatoria de instalación de ascensores de la misma partida presupuestaria).
Las cuantías máximas por actuación son:
Energía solar térmica (Comunidades):10 % del coste de la instalación, con un límite de 6.000 € por Comunidad.
Caldera de biomasa o renovables centralizada (Comunidades):10 % del coste de la instalación, con un límite de 6.000,00 euros por Comunidad.
Caldera de condensación individual (Viviendas):400 € por instalación.
Renovación de cerramientos acristalados (Viviendas):30 % del coste subvencionable. El coste máximo subvencionable es de 400 euros por m² de ventana, con un límite máximo de 1.200 euros por vivienda.
*Nota: Si la suma de las solicitudes supera la cantidad global del presupuesto, los fondos se distribuirán de forma proporcional.*
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes está abierto hasta el 31 de octubre de 2026.
Para la solicitud se debe aportar la documentación prevista en las bases reguladoras, con la salvedad de que NO se deberá presentar:
Fotocopia compulsada del DNI y NIF del promotor (es suficiente con presentar una fotocopia simple del DNI y NIF).
Certificado de empadronamiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo hay para realizar y terminar las obras?
Las obras objeto de la subvención deben finalizar obligatoriamente entre el **1 de noviembre de 2025** y el **31 de octubre de 2026**.
¿Puedo pedir la ayuda para cerrar mi terraza y ampliar el salón?
No. No se considera coste subvencionable la carpintería acristalada que se coloque para cerrar ambientes exteriores como terrazas o tendederos con el fin de ampliar la superficie habitable de la vivienda.
¿Es necesario aportar un certificado de empadronamiento o el DNI compulsado?
No. El extracto oficial exime expresamente de presentar el certificado de empadronamiento y permite aportar una fotocopia simple del DNI y NIF, sin necesidad de que esté compulsada.