Bases reguladoras de las ayudas económicas para actuaciones de mejora energética en edificios y viviendas en el término municipal de BEASAIN. Año 2026
AYUNTAMIENTO DE BEASAIN
Importe total: 20.000 €
Apertura del plazo: 27 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 890639
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las siguientes categorías del municipio de Beasain:
Comunidades de Propietarios de edificios de tipología residencial colectiva en régimen de propiedad horizontal.
Usuarios/as de vivienda (personas físicas que no desarrollan actividad económica).
Requisitos
Para poder acceder a la subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Las actuaciones deben estar amparadas por una licencia municipal otorgada con posterioridad al 1-01-2024 y estar finalizadas antes del 30-11-2026.
En el caso de usuarios/as de vivienda, debe tratarse de su vivienda habitual y deben acreditar estar empadronados en ella con una antigüedad mínima de un año anterior a la fecha de la solicitud.
Los solicitantes deben cumplir las condiciones de la Ordenanza municipal reguladora de Subvenciones de Beasain (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 114, de 14 de junio de 2018).
Qué se subvenciona
Se subvencionan las siguientes actuaciones de mejora de eficiencia energética:
Para Comunidades de Propietarios:
Instalación de sistemas de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante aerotermia, energía solar térmica u otros sistemas de energías renovables.
Instalación de sistemas de calefacción y ACS centralizado con aerotermia, caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables que incluyan distribución para control de consumos individualizados.
Para propietarios/as de viviendas:
Sustitución de calderas individuales existentes (ACS y/o calefacción) por calderas de gas natural de alto rendimiento, aerotermia, sistemas de producción híbridos u otros sistemas de energías renovables.
Renovación de cerramientos acristalados (incluye marco, acristalamiento y cajón de la persiana, así como su instalación). No se subvencionan reparaciones menores, costes de albañilería o pintura, contraventanas, motores de persiana, mosquiteras ni tendederos.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 20.000 EUR. Las cuantías específicas son:
Para Comunidades de Propietarios: El 10 % del coste de la instalación (incluyendo proyecto técnico), con un límite máximo de 6.000 € por comunidad.
Sustitución de caldera individual por una de condensación: Ayuda fija de 400 €.
Sustitución de cerramientos acristalados: El 30 % del coste subvencionable. El coste máximo subvencionable es de 400 euros por cada m² de ventana, con un límite máximo de 1.200 euros de subvención por vivienda.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 2026-03-27 (día siguiente a su publicación) hasta el 2026-11-30.
Las solicitudes se pueden presentar por tres vías:
Telemáticamente: A través de la web www.beasain.eus.
Presencialmente: En iGunea, en su horario de atención al público.
Por correo postal.
Si la documentación está incompleta, el solicitante dispondrá de un plazo de diez días para subsanar los errores desde el día siguiente a la notificación del requerimiento del Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la ayuda si he cambiado las ventanas pero he puesto motores eléctricos en las persianas?
El cambio de ventanas sí es subvencionable, pero el coste de los componentes como los motores de las persianas, la albañilería, la pintura o las mosquiteras queda excluido del cálculo de la ayuda.
¿Qué pasa si me falta algún documento al presentar la solicitud?
El Ayuntamiento te notificará el fallo y dispondrás de un plazo máximo de **diez días** para aportar la documentación requerida. Si no lo haces en ese plazo, se te tendrá por desistido y se archivará la solicitud.
¿Se pueden subvencionar obras de años anteriores?
Solo son subvencionables las actuaciones que cuenten con una licencia municipal otorgada con posterioridad al **1-01-2024** y que finalicen antes del **30-11-2026**.