CONVOCATORIA DEL 2026 DE LAS AYUDAS MUNICIPALES DE GARANTIA DE INGRESOS E INCLUSION SOCIAL
AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Importe total: 40.000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 11 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 905086
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que residan en el municipio de Ordizia (País Vasco · Gipuzkoa).
Qué se subvenciona
Se subvencionan diversos gastos destinados a la garantía de ingresos y la inclusión social, agrupados en los siguientes conceptos:
Gastos para cobertura de necesidades básicas: Incluye necesidades básicas, prestación de cobertura básica y prestaciones socio-sanitarias (lentes, monturas, prótesis, arreglos dentales y gastos farmacéuticos no cubiertos por el sistema público).
Prestaciones para gastos personales.
Gastos relacionados con el disfrute de la vivienda: Alquiler de vivienda, arrendamiento y subarriendo de habitación, coarrendamiento, amortización e intereses de préstamos hipotecarios, energía, mantenimiento, adaptación y/o reparación, equipamiento básico, instalación en una nueva vivienda y endeudamiento previo.
Gastos para el fomento de la inserción social y/o laboral de personas adultas.
Gastos de programas de estimulación/rehabilitación de menores con dependencia o discapacidad.
Gastos de transporte y programas de tratamiento a centros de drogodependencias.
Prestaciones para gastos funerarios.
Cuantía
El Ayuntamiento de Ordizia destina un importe total de 40.000 EUR para esta convocatoria. Las cuantías máximas por tipo de ayuda son:
Necesidades básicas (mensual):
U.C. (Unidad Convivencial) de 1 persona: 375 € (sin menores) o 522 € (con menores).
U.C. de 2 personas: 602 € (sin menores) o 621 € (con menores).
U.C. de 3 o más personas: 666 €.
Prestación cobertura básica (mensual):100 € (1 persona), 150 € (2 personas) o 200 € (3 o más personas).
Prestaciones socio-sanitarias (anual): Máximo de 1.850,00 € en total. Conceptos específicos:
Prótesis oculares: 250,00 € por persona (lentes hasta 200 € y montura hasta 50 €).
Prótesis y arreglos dentales: 600 € por persona.
Gastos farmacéuticos: Se abonan si el gasto mensual supera los 60 €.
Gastos personales: Máximo 150 € por cada miembro de la U.C.
Vivienda:
Alquiler o subarriendo: 300 €/mes (1 solicitante) o 150 €/mes (2 solicitantes).
Hipoteca (amortización e intereses): 300 €/mes.
Energía (anual): 1.500 € (1 U.C.) o 750 € (2 U.C.). Las personas beneficiarias del bono social recibirán el 50% de la cuantía.
Mantenimiento de vivienda (anual): 900 € (1 U.C.) o 450 € (2 U.C.).
Adaptación, reparación o equipamiento básico (anual): 1.850 € (1 U.C.) o 925 € (2 U.C.). La persona solicitante debe aportar al menos el 25% del gasto.
Instalación en nueva vivienda (anual): 1.800 € (1 U.C.) o 900 € (2 U.C.).
Endeudamiento previo (anual): 3.000 € (1 U.C.) o 1.500 € (2 U.C.).
Inserción social/laboral de adultos: Máximo 500 € por cada miembro de la U.C.
Menores con dependencia o discapacidad:900 €/año (ayuda complementaria de 600 €/año).
Centros de drogodependencias (transporte y tratamiento):200 €/mes (ayuda complementaria de 100 €/mes).
Gastos funerarios:2.000 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 1 de enero de 2026 y finaliza el 11 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué parte del coste debo asumir si pido ayuda para reparar o equipar mi vivienda?
Para los conceptos de adaptación, reparación o equipamiento básico de la vivienda, la persona solicitante deberá hacer frente al menos al **25% del gasto** total.
¿Se pueden solicitar ayudas para pagar medicamentos?
Sí, se abonarán los gastos farmacéuticos siempre que no estén cubiertos por el sistema sanitario público y el gasto mensual sea superior a **60 €**.
¿Cómo afecta tener el bono social a la ayuda de energía?
Las personas que sean beneficiarias del bono social recibirán únicamente el **50% de la cuantía** establecida para el gasto de energía.