AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA
Esta convocatoria está destinada a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que sean propietarias o usufructuarias de viviendas situadas en el término municipal de Molina de Segura.
*(Nota: Aunque la clasificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones indica la categoría de PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica, el extracto oficial amplía los beneficiarios a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias).*
El objeto del programa "VIVE EN MOLINA 2026" es el fomento del alquiler de viviendas vacías. Se financian:
El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000,00 euros, distribuidos en dos líneas de financiación:
La concesión definitiva de las ayudas está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver la convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 6 de mayo de 2026 (día siguiente al de la publicación de la convocatoria) y finaliza el 15 de noviembre de 2026, o antes si se produce el agotamiento del crédito presupuestario.
Las solicitudes se deben dirigir al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Molina de Segura y presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o por los canales establecidos en la Ley 39/2015.
El texto completo, las bases reguladoras y los modelos de solicitud están disponibles en la sede electrónica: https:sedeelectronica.molinadesegura.es/subvenciones/.
Las viviendas deben estar situadas obligatoriamente dentro del término municipal de **Molina de Segura**.
El plazo de solicitud finaliza el **15 de noviembre de 2026**, a menos que los fondos se agoten antes de esa fecha.
La presentación de las solicitudes y de la documentación necesaria se debe realizar exclusivamente por **medios electrónicos**.
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