Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ayudas a la natalidad 2026

AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

A quién va dirigida

A familias bilbilitanas (personas físicas que no desarrollan actividad económica) que hayan tenido un hijo o adoptado a lo largo del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026. En el caso de adopción, es indispensable que el adoptado sea menor de 3 años.

Requisitos

Qué se subvenciona

Los gastos asumidos con motivo del nacimiento o adopción de un hijo en artículos necesarios para el cuidado y crianza del bebé, adquiridos en un comercio con sede social en Calatayud entre el 1 de noviembre de 2025 y la fecha de la solicitud.

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 90.000 euros, imputados a la aplicación presupuestaria 2311- 48986 SERVICIOS SOCIALES-Ayudas a la Natalidad del presupuesto de 2026.

Plazo y cómo solicitarla

Obligaciones

Preguntas frecuentes

¿En qué comercios se deben realizar las compras del bebé para que sean válidas?

Deben realizarse obligatoriamente en comercios que tengan su **sede social en Calatayud**.

¿Hasta qué edad se puede solicitar la ayuda en caso de adopción?

En el caso de adopción, es requisito indispensable que el menor adoptado tenga **menos de 3 años**.

¿Cuánto tiempo hay que seguir empadronado en el municipio tras recibir la ayuda?

Existe el compromiso de mantener el empadronamiento en **Calatayud** durante al menos **dos años** desde la concesión de la subvención.

Convocatoria oficial

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