CONVOCATORIA QUE REGULA LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 10.000 €
Apertura del plazo: 29 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 902403
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a los vecinos y vecinas de Arrasate/Mondragón que estén realizando un programa de tratamiento por problemas de drogodependencias, otras adicciones o conductas de riesgo fruto de consumos precoces, fuera de Mondragón en un centro de tratamiento público o concertado de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
Requisitos
Para poder acceder a esta ayuda, debes cumplir las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a en Mondragón en el momento de presentar la solicitud.
Llevar, como mínimo, un mes de permanencia en el programa de tratamiento.
No superar los límites de patrimonio (bienes muebles) según los miembros económicamente dependientes de la unidad de convivencia:
1 miembro: máximo 50.418 €.
2 miembros: máximo 67.224 €.
3 o más miembros: máximo 77.307 €.
Como excepción, no se exigirá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la administración.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos derivados del proceso de tratamiento y de inserción social durante el periodo en que estés en tratamiento (en las fases de acogimiento, comunidad e inserción). Específicamente, se cubren:
Gastos de viajes para ir al tratamiento.
Gastos de primera necesidad.
Gastos derivados del propio proceso de inserción social.
Cuantía
La ayuda económica mensual se calcula según los ingresos mensuales de la unidad de convivencia por número de miembros, en relación con la Renta de Garantía de Ingresos (RGI):
Ingresos de menos del 100% de la RGI: ayuda de 180 € al mes.
Ingresos entre el 100% y el 140% de la RGI (entre 840,30 € y 1.176,42 €): ayuda de 90 € al mes.
Ingresos entre el 140% y el 175% de la RGI (entre 1.176,42 € y 1.470,52 €): ayuda de 45 € al mes.
Ingresos de más del 175% de la RGI (más de 1.470,52 €): 0 €.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo de solicitudes está abierto desde el 29 de abril de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. No existe un plazo límite diario, pero el derecho a la ayuda se genera desde el día de la presentación de la solicitud (con carácter retroactivo al inicio del tratamiento si el mes de permanencia ocurre dentro del año de la convocatoria).
Cómo solicitarla: Debes presentar la solicitud en el registro de entrada del Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón.
Documentación obligatoria:
DNI o documento de identidad equivalente.
Justificante expedido por el centro de tratamiento que acredite que llevas al menos un mes en el programa.
Documentos que acrediten los ingresos actuales de todos los miembros de la unidad de convivencia.
Justificantes de rendimientos de capital inmobiliario y mobiliario.
Número de cuenta corriente para el pago.
Obligaciones
Debes comunicar y acreditar ante los Servicios Sociales del Ayuntamiento cualquier cambio en tu situación o la de tu unidad de convivencia (como dejar el tratamiento o variación de ingresos) en un plazo máximo de 30 días desde que ocurra.
Antes de recibir cada pago mensual, debes presentar los justificantes de asistencia expedidos por el centro de tratamiento para demostrar que continúas en el programa.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la ayuda si tengo deudas con la administración?
Sí. En esta convocatoria concreta se aplica una excepción y **no se exige estar al corriente** de las obligaciones tributarias para recibir la ayuda.
¿Qué pasa si ya recibo otra ayuda para el mismo fin?
Esta ayuda **es compatible** con otras subvenciones, pero la suma de todas ellas **no puede superar el coste total** de los gastos de desplazamiento e inserción. Si lo supera, deberás devolver el dinero sobrante al Ayuntamiento.
¿Cómo y cuándo se cobra la ayuda?
El pago se realiza de manera **mensual (a mes vencido)** mediante transferencia a tu cuenta bancaria, siempre después de que presentes el justificante de asistencia al centro de tratamiento.