Bases por las que se regula la concesión de ayudas a jóvenes para acceder a, y continuar en, consultas de atención psicológica durante el segundo semestre del año 2026
AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA
Importe total: 18.000 €
Apertura del plazo: 01 de julio de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 916616
A quién va dirigida
A personas físicas de entre 0 y 30 años (en el caso de menores de edad, la solicitud debe realizarla alguno de sus progenitores, tutores o curadores).
Requisitos
Tener entre 0 y 30 años.
Estar empadronado en Zumarraga en el momento de presentar la solicitud y durante todo el periodo subvencionable.
Estar al corriente en el pago de tributos y sanciones con el Ayuntamiento de Zumarraga.
Qué se subvenciona
El acceso o la continuidad en consultas de atención psicológica durante el segundo semestre del año 2026 (sesiones realizadas entre julio y diciembre de 2026). Existe libertad de elección de profesional o centro, siempre que estén legalmente habilitados para el ejercicio de la psicología sanitaria o clínica.
Cuantía
30,00 € por sesión psicológica.
Un máximo de cuatro sesiones al mes por persona.
La cuantía máxima que se puede percibir es de 120,00 € mensuales por beneficiario.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 1 de julio de 2026 y se cierra el 1 de diciembre de 2026 (el periodo subvencionable general de la convocatoria se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026).
Las solicitudes se pueden presentar por dos vías:
Vía internet: A través del portal de subvenciones en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zumarraga.
En papel: En el Registro General del Ayuntamiento de Zumarraga o por correo certificado.
Documentación obligatoria a presentar:
Modelo de instancia oficial.
Certificado de titularidad bancaria.
En caso de menores de edad: Libro de familia o resolución judicial de constitución de la tutela o curatela.
(Los datos de identidad, padrón y estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento se verificarán de oficio, salvo oposición expresa del interesado).
Obligaciones
Presentar las facturas bimensualmente para justificar el gasto en los siguientes plazos:
Sesiones de julio, agosto y septiembre: del 1 al 10 de octubre de 2026.
Sesiones de octubre, noviembre y diciembre: del 1 al 10 de enero de 2027.
Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de los órganos competentes.
Conservar los documentos justificativos del gasto durante un plazo de cuatro años.
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir el dinero de la ayuda por adelantado?
Sí. Se puede autorizar el pago anticipado para las personas solicitantes cuyos ingresos correspondan al **Salario Mínimo Interprofesional (SMI)**, o cuando en su unidad de convivencia haya al menos una persona que lo perciba.
¿Se publicará mi nombre si me conceden la ayuda?
No. Las resoluciones de estas ayudas no serán objeto de publicidad para salvaguardar el honor y la intimidad personal y familiar de las personas beneficiarias.
¿Tengo que ir a un psicólogo concreto de Zumarraga?
No. Hay total libertad de elección de profesional o centro de atención psicológica, incluso si se encuentra fuera del municipio por motivos académicos o laborales, siempre que el profesional esté legalmente habilitado para la psicología clínica o sanitaria.