CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias ha publicado una resolución clave para el sector de actividades sanitarias y de servicios sociales. Se trata de una subvención nominativa dirigida a impulsar iniciativas en el ámbito de los servicios sociales y la promoción social, con la particularidad de estar destinada a una entidad específica y reconocida por su labor. Esta ficha divulgativa detalla los aspectos más relevantes de esta convocatoria, proporcionando una visión clara y concisa para facilitar su comprensión.
Esta subvención nominativa está dirigida específicamente a Cruz Roja Española. La convocatoria especifica como beneficiarios a "Personas Jurídicas que no desarrollan actividad económica", y la propia resolución identifica a Cruz Roja Española como la entidad a favor de la cual se autoriza el gasto y se reconoce la obligación para hacer efectiva la subvención.
Dado que se trata de una subvención nominativa, la resolución de 22 de abril de 2026 ya autoriza y dispone el gasto y reconoce la obligación a favor de una entidad específica (Cruz Roja Española). Por lo tanto, los requisitos generales de elegibilidad o criterios de valoración habituales en otras convocatorias no aplican de la misma manera, ya que la entidad beneficiaria ha sido designada directamente. La información proporcionada no detalla requisitos adicionales que deba cumplir la entidad beneficiaria más allá de su designación directa.
La finalidad de esta subvención es apoyar Servicios Sociales y Promoción Social. La información disponible no detalla de forma explícita las categorías específicas de gastos que son subvencionables dentro de esta finalidad. La resolución se centra en la autorización del gasto y el reconocimiento de la obligación a favor de la entidad, sin especificar el desglose de los conceptos financiables. Por tanto, los gastos concretos a cubrir se enmarcarán dentro de las actividades que Cruz Roja Española desarrolle en el marco de los servicios sociales y la promoción social en el Principado de Asturias.
El importe total de esta subvención asciende a 86.814 euros. Se trata de una entrega dineraria sin contraprestación, lo que significa que el beneficiario recibe el importe sin una obligación directa de devolverlo o de ofrecer un servicio directamente correlacionado como en un contrato.
El periodo de apertura de esta subvención se estableció el 1 de enero de 2026 y su cierre el 31 de diciembre de 2026. Es importante destacar que estas fechas se refieren al periodo de validez o imputación de la subvención, no a un plazo de solicitud, dado que la resolución ya designa a la entidad beneficiaria.
La naturaleza de esta ayuda como "subvención nominativa" implica que no existe un proceso de solicitud abierto en el sentido tradicional. La "Resolución de 22 de abril de 2026" ya identifica y autoriza el gasto a favor de Cruz Roja Española. Por tanto, no se requiere que la entidad presente una solicitud competitiva ni siga un procedimiento de concurrencia pública para acceder a estos fondos, ya que la designación es directa por parte del organismo convocante.
Dado que no se trata de una convocatoria abierta a la solicitud de múltiples entidades, los errores frecuentes asociados a la presentación de solicitudes (como documentación incompleta, plazos vencidos o incumplimiento de requisitos) no son aplicables en este caso. El proceso ya viene determinado por la designación directa de la entidad beneficiaria en la resolución oficial. El foco principal para la entidad beneficiaria será asegurar la correcta justificación del gasto conforme a la normativa aplicable una vez recibida la subvención.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 86.814 €.
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