Resolución de 22 de abril de 2026, por la que se autoriza y dispone el gasto y se reconoce la obligación a favor de Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón para hacer efectiva la subvención nominativa

CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa para ASPACE Gijón (2026)

La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias ha publicado una resolución clave que autoriza y dispone el gasto de una subvención nominativa, reconociendo la obligación a favor de la Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón. Esta medida, enmarcada en el ámbito de los servicios sociales y la promoción social, busca apoyar el desarrollo de actividades fundamentales en la región.

Esta ficha tiene como objetivo desglosar los aspectos más relevantes de esta ayuda, ofreciendo una visión clara y concisa de su finalidad y condiciones principales, basándonos exclusivamente en los datos oficiales disponibles.

A quién va dirigida

Esta subvención nominativa está dirigida específicamente a la Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón.

Los beneficiarios, según la información oficial, son personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, lo que se alinea con la naturaleza de las asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales. La resolución se enmarca en el sector de las actividades sanitarias y de servicios sociales, así como la educación, destacando el rol fundamental de entidades como ASPACE Gijón en estos ámbitos.

Requisitos principales

Dado que se trata de una subvención nominativa, el principal "requisito" es ser la entidad explícitamente designada en la resolución, es decir, la Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón. La naturaleza de este tipo de subvenciones implica que el beneficiario ya ha sido pre-identificado por el organismo concedente.

La información oficial no detalla otros requisitos específicos que ASPACE Gijón deba cumplir para la percepción de esta ayuda más allá de los inherentes a su condición de entidad sin ánimo de lucro y su actividad en el sector social, que ya estarían en consideración para la asignación nominativa.

Qué gastos cubre

La finalidad general de esta subvención se enmarca en los Servicios Sociales y la Promoción Social.

No obstante, la información oficial disponible en la convocatoria no detalla los gastos específicos que esta subvención nominativa cubre. Al tratarse de una subvención ya reconocida y dispuesta, se entiende que el gasto está asociado a las actividades y objetivos de la Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón dentro de su misión de servicios sociales y promoción social. Los documentos oficiales disponibles no ofrecen un desglose de partidas subvencionables concretas.

Cuantía y plazos

El importe total de esta subvención nominativa asciende a 12.271 EUR.

Respecto a los plazos, la resolución fue publicada el 22 de abril de 2026. Los periodos de apertura y cierre indicados en los datos oficiales son 2026-01-01 y 2026-12-31, respectivamente. Es importante tener en cuenta que, en el contexto de una subvención nominativa donde el gasto ya se autoriza y se reconoce la obligación, estas fechas suelen referirse al periodo de ejecución o justificación de las actividades a las que va destinada la ayuda.

Cómo solicitarla

Al ser una subvención nominativa, esta convocatoria no requiere un proceso de solicitud abierto al público general ni a otras entidades. La resolución de 22 de abril de 2026 ya autoriza y dispone el gasto y reconoce la obligación a favor de la Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón, lo que significa que la ayuda ha sido concedida directamente a la entidad designada por la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.

Por tanto, no existe un formulario de solicitud o un procedimiento de concurrencia para esta subvención. El beneficiario ha sido explícitamente nombrado en la propia resolución.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes al interpretar este tipo de resoluciones es considerar que se trata de una convocatoria abierta. Es fundamental entender que esta es una subvención nominativa, lo que implica que el beneficiario ya está predeterminado y nombrado en la propia resolución (Asociación Ayuda Paralíticos Cerebrales - ASPACE Gijón). Por tanto, no se puede "solicitar" esta subvención.

Otro error sería asumir que esta ficha es aplicable a otras asociaciones o entidades. Esta resolución es específica para ASPACE Gijón. Finalmente, la falta de detalle sobre los objetivos específicos o los gastos cubiertos en los datos oficiales puede llevar a inferencias erróneas. Es crucial ceñirse a la información explícitamente proporcionada y no inventar datos.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 12.271 €.

Convocatoria oficial

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