Aprobacion convocatoria concesion prestaciones economicas individualizadas en materia de servicos sociales. Ejercicio 2026

AYUNTAMIENTO DE MISLATA

A quién va dirigida

Estas ayudas van dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica y a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Requisitos

Para poder acceder a estas prestaciones se deben cumplir las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se subvencionan prestaciones económicas individualizadas destinadas a la inclusión social y a garantizar la cobertura de necesidades básicas a través de los siguientes ámbitos de actuación específicos:

Estas ayudas no incluyen aquellas prestaciones que ya cuenten con una convocatoria específica para su solicitud y concesión.

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 158.500 €, financiado con cargo al presupuesto municipal de 2026 y desglosado de la siguiente manera:

No es exigible la constitución de garantías por parte de las personas beneficiarias, ya que la justificación de las ayudas se efectúa de forma previa a su concesión mediante la aportación de la documentación exigida.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes se abre el 15 de abril de 2026 (día hábil siguiente al de la publicación del extracto) y finalizará el 15 de noviembre de 2026, salvo para aquellas prestaciones en las que se especifiquen fechas concretas.

Junto con la solicitud, las personas interesadas deberán aportar la documentación detallada para cada una de las prestaciones contempladas en la convocatoria.

Preguntas frecuentes

¿Es necesario aportar alguna garantía financiera para recibir la ayuda?

No, no es exigible la constitución de garantías por parte de los beneficiarios, ya que la justificación de las ayudas se realiza con carácter previo a la concesión mediante la documentación requerida.

¿Se puede solicitar la ayuda si llevo menos de un año viviendo en Mislata?

No, uno de los requisitos obligatorios es contar con una antigüedad mínima de empadronamiento y residencia efectiva en Mislata de un año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la solicitud.

¿Cuál es el límite de ingresos familiares para poder optar a la subvención?

La renta per cápita (ingresos brutos) de la unidad familiar del solicitante no debe superar la cuantía anual vigente de las Pensiones no Contributivas calculada en 14 pagas (PNC x 14 pagas).

Convocatoria oficial

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