Aprobacion convocatoria concesion prestaciones economicas individualizadas en materia de servicos sociales. Ejercicio 2026
AYUNTAMIENTO DE MISLATA
Importe total: 158.500 €
Apertura del plazo: 15 de abril de 2026
Cierre del plazo: 15 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 898959
A quién va dirigida
Estas ayudas van dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica y a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Requisitos
Para poder acceder a estas prestaciones se deben cumplir las siguientes condiciones:
Estar empadronado/a y tener residencia efectiva en el municipio de Mislata, con una antigüedad mínima de un año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la solicitud.
En el momento de realizar la solicitud, se debe estar empadronado/a en el domicilio en el que se reside.
La renta per cápita (ingresos brutos) de la unidad familiar de la persona solicitante no puede superar la cuantía anual vigente de las Pensiones no Contributivas (PNC multiplicada por 14 pagas).
Qué se subvenciona
Se subvencionan prestaciones económicas individualizadas destinadas a la inclusión social y a garantizar la cobertura de necesidades básicas a través de los siguientes ámbitos de actuación específicos:
Infancia activa
Acceso y mantenimiento de la vivienda habitual
Ayuda para transporte público
Gastos excepcionales
Gastos destinados a cubrir necesidades básicas familiares
Alimentación infantil
Protección de suministros
Estas ayudas no incluyen aquellas prestaciones que ya cuenten con una convocatoria específica para su solicitud y concesión.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 158.500 €, financiado con cargo al presupuesto municipal de 2026 y desglosado de la siguiente manera:
Protección de suministros: 15.000 € (Partida 2310.48006)
Acceso y mantenimiento de la vivienda habitual: 11.000 € (Partida 2310.48001)
No es exigible la constitución de garantías por parte de las personas beneficiarias, ya que la justificación de las ayudas se efectúa de forma previa a su concesión mediante la aportación de la documentación exigida.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 15 de abril de 2026 (día hábil siguiente al de la publicación del extracto) y finalizará el 15 de noviembre de 2026, salvo para aquellas prestaciones en las que se especifiquen fechas concretas.
Junto con la solicitud, las personas interesadas deberán aportar la documentación detallada para cada una de las prestaciones contempladas en la convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Es necesario aportar alguna garantía financiera para recibir la ayuda?
No, no es exigible la constitución de garantías por parte de los beneficiarios, ya que la justificación de las ayudas se realiza con carácter previo a la concesión mediante la documentación requerida.
¿Se puede solicitar la ayuda si llevo menos de un año viviendo en Mislata?
No, uno de los requisitos obligatorios es contar con una antigüedad mínima de empadronamiento y residencia efectiva en Mislata de un año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la solicitud.
¿Cuál es el límite de ingresos familiares para poder optar a la subvención?
La renta per cápita (ingresos brutos) de la unidad familiar del solicitante no debe superar la cuantía anual vigente de las Pensiones no Contributivas calculada en 14 pagas (PNC x 14 pagas).