CONVOCATORIA CONCURRENCIA NO COMPETITIVA MODALIDAD ABIERTA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN Y MEJORA DE FACHADAS CORRESPONDIENTES A 2026.
AYUNTAMIENTO DE AGOST
Importe total: 3000 €
Apertura del plazo: 14 de abril de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, CONSTRUCCIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana · Alicante / Alacant
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 898784
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que sean:
Propietarios de edificios o viviendas en régimen de propiedad no horizontal.
Propietarios de viviendas o locales en régimen de propiedad horizontal, agrupados en comunidades de propietarios.
Requisitos
Para poder solicitar la subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Reunir los requisitos para obtener la condición de beneficiario conforme al artículo 13 de la Ley de Subvenciones.
Los inmuebles deben estar situados en el casco urbano del núcleo principal de población del municipio de Agost.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la rehabilitación y mejora de fachadas de inmuebles situadas en el casco urbano del núcleo principal de población de Agost, para gastos realizados en el año 2026.
Cuantía
La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 3.000 euros. Las ayudas se distribuyen de la siguiente manera:
Edificaciones en el casco antiguo (delimitado en el plano número 5 de las NN.SS.): Subvención del 60% del coste de la actuación, con un máximo de 600 euros.
Fuera del casco antiguo:
Viviendas unifamiliares: Subvención del 60% del coste de la actuación, con un máximo de 600 euros.
Resto de edificaciones: Subvención del 30% del coste de la actuación, con un máximo de 1.200 euros.
El crédito se divide en tres resoluciones a lo largo del año, con un importe máximo de 1.000 euros otorgado en cada resolución. Las cantidades no aplicadas en un período se trasladarán al siguiente trimestre.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 14 de abril de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026, organizado en tres períodos específicos:
Segundo trimestre de 2026: Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante hasta el 30 de junio de 2026.
Tercer trimestre de 2026: Del 1 de julio al 31 de agosto de 2026.
Cuarto trimestre de 2026: Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2026.
El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva en modalidad abierta.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no se gasta todo el dinero asignado a un trimestre?
Si al finalizar uno de los períodos no se ha agotado el importe máximo de **1.000 euros**, la cantidad no aplicada se trasladará al siguiente período dentro del ejercicio presupuestario de **2026**.
¿Cómo sé si mi vivienda pertenece al casco antiguo para recibir la ayuda?
El casco antiguo se define en el **artículo 37 de las NN.SS.** y está delimitado en el **plano número 5 de las NN.SS.** del municipio.
¿Se pueden subvencionar obras realizadas en otros años?
No, la convocatoria especifica que las ayudas son exclusivamente para gastos realizados en el año **2026**.