Orden por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Aragón
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 893101
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las cooperativas de trabajo asociado y a las sociedades laborales que desarrollen su actividad económica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón. En la categoría de la BDNS se encuadran como PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Qué se subvenciona
El objetivo es fomentar el empleo y mejorar la competitividad de estas empresas de economía social a través de tres líneas de ayuda:
Línea a): Incorporación con carácter indefinido como personas socias trabajadoras de personas desempleadas o de personas trabajadoras con contrato temporal o indefinido en la propia cooperativa o sociedad laboral que se integren como socias.
Línea b): Subvención directa por inversión para proyectos de creación, modernización y mejora de la competitividad.
Línea c): Prestación de asistencia técnica, que incluye la contratación de director o gerente, así como la contratación de estudios, informes o asesoramiento.
Cuantía
El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 675.000 €, distribuido de la siguiente manera según sus aplicaciones presupuestarias:
Fomento y creación de empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales (fondos propios y FSE+): 240.000 €.
Fomento y creación de empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales (fondos estatales): 160.000 €.
Fomento de Cooperativas y Sociedades Laborales (Asistencia Técnica): 25.000 €.
Subvenciones de capital para Cooperativas y Sociedades Laborales (Inversión): 250.000 €.
La línea a) está cofinanciada en un 60% por fondos propios del Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). Las líneas b) y c) se financian con fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo general de presentación finaliza el 30 de octubre de 2026, pero cada actuación tiene un plazo específico de solicitud:
Para la línea a) (incorporación de socios) y línea c) por contratación de director o gerente: un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social (o desde la fecha de incorporación como socia trabajadora indefinida si ya tenía contrato previo en la empresa).
Para la línea b) (inversiones) y línea c) por contratación de estudios, informes o asesoramiento: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible.
Casos especiales: Si el hecho subvencionable ocurrió entre el 1 de octubre de 2025 y el día de entrada en vigor de esta convocatoria (inclusive), el plazo de solicitud es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
Las solicitudes se dirigen a la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) y se presentan obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede del Gobierno de Aragón, usando el modelo oficial establecido.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se financian estas ayudas?
El presupuesto de **675.000 €** procede de distintas fuentes: la línea de incorporación de socios está financiada al **60% por el Gobierno de Aragón** y al **40% por el Fondo Social Europeo Plus**, mientras que las líneas de inversión y asistencia técnica se sufragan con **fondos de empleo estatales** transferidos a Aragón.
¿Qué ocurre si contraté a un socio o realicé la inversión a finales de 2025?
Si el supuesto subvencionable se produjo entre el **1 de octubre de 2025 y el día de entrada en vigor de la convocatoria**, dispone de un plazo de **un mes** para solicitar la ayuda, empezando a contar desde el **día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón**.
¿Es obligatorio tramitar la solicitud por internet?
Sí, el trámite debe realizarse obligatoriamente a través de la **sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón**, utilizando el modelo de solicitud oficial.