Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de febrero de 2026, por el que se convocan las ayudas destinadas a niños/as y adolescentes del programa “Som6” del Consejo Comarcal de la Noguera.
CONSELL COMARCAL DE NOGUERA
Importe total: 4000 €
Apertura del plazo: 12 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 15 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Cataluña · Lleida
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 886822
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a menores de edad de entre 0 y 18 años empadronados en un municipio de la comarca de La Noguera (Lleida) que se encuentren en situación de riesgo social o vulnerabilidad y estén recibiendo una intervención socioeducativa.
No podrán acceder a ellas los niños y adolescentes que, aun siendo usuarios del Servicio de Intervención Socioeducativa (SIS), ya estén recibiendo una ayuda con la misma finalidad desde los Servicios Sociales de Atención Primaria (SSAP) o desde el Equipo de Atención a la Infancia y en la Adolescencia (EAIA).
Requisitos
Para poder optar a la ayuda, los menores deben cumplir los siguientes requisitos:
Tener entre 0 y 18 años.
Estar empadronados en un municipio de la comarca de La Noguera.
Estar de alta y en seguimiento socioeducativo con el equipo del Servicio de Intervención Socioeducativa de la Noguera (SIS).
Mostrar implicación y asistencia regular (tanto los menores como sus familias) en el Servicio de Intervención Socioeducativa.
Obtener una puntuación mínima de 1 punto en el apartado relativo a la situación económica (apartado 4.2 de los criterios de valoración).
En caso de que la ayuda sea un pago al proveedor del servicio y solo cubra una parte del coste, el beneficiario deberá asumir el coste de la parte restante.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los conceptos vinculados a los objetivos del plan de intervención familiar del menor, divididos en:
Gastos escolares: refuerzo escolar, material escolar fungible, salidas escolares, colonias escolares y ropa escolar (como chándal, bata o calzado).
Gastos de transporte al servicio del SIS: transporte interurbano a Balaguer y transporte entre pueblos (autobús, tren o taxi).
Otros conceptos no tipificados que el profesional referente del caso considere que son susceptibles de recibir la ayuda.
Estas actividades pueden ser compatibles con otras fuentes de subvención o ayuda.
Cuantía
El presupuesto total que el Consejo Comarcal de la Noguera destina a esta convocatoria es de 4.000,00 €.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo de solicitud se abre el 12 de febrero de 2026 (al día siguiente de la publicación de la convocatoria) y finaliza el 15 de diciembre de 2026.
Cómo solicitarla: Las solicitudes se deben presentar mediante el modelo normalizado (anexo 2) junto con la documentación exigida en las bases. Se entregarán ante los Servicios Sociales del Consejo Comarcal durante las permanencias que se realizan en los municipios de la comarca, para su posterior registro en el Registro General del Consejo Comarcal.
Obligaciones
Los beneficiarios están obligados a justificar la aplicación de la cantidad recibida mediante la presentación de facturas acreditativas de la efectividad del gasto.
Preguntas frecuentes
¿Es necesario cumplir los requisitos generales del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones?
No. Debido a la naturaleza de la ayuda y a la especificidad del colectivo vulnerable, los solicitantes no tienen que acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
¿Se pueden pedir estas ayudas si el menor ya recibe otra ayuda de servicios sociales para lo mismo?
No. Quedan excluidos expresamente los niños y adolescentes que ya estén recibiendo una ayuda con la misma finalidad desde los Servicios Sociales de Atención Primaria (SSAP) o desde el Equipo de Atención a la Infancia y en la Adolescencia (EAIA).
¿Qué ocurre si la ayuda no cubre la totalidad del coste del servicio?
En la modalidad de pago al proveedor donde la ayuda cubra únicamente una parte del coste, el beneficiario tiene la obligación de asumir el pago de la cantidad restante.