Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Ámbito territorial: Castilla y León · León
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 884922
A quién va dirigida
A los progenitores o adoptantes de un niño o niña, que sean titulares del libro de familia en el que figure registrado el nacimiento o la adopción. Si en el libro de familia solo figura un progenitor, este será el único beneficiario.
Requisitos
Estar empadronados en el Municipio de Toral de los Vados, debiendo contar al menos uno de ellos con una antigüedad mínima de un año.
El niño o niños nacidos o adoptados deberán inscribirse en el padrón municipal de habitantes de Toral de los Vados.
El padre, la madre o los padres deben asumir el compromiso de seguir empadronados, tanto ellos como los niños, por un periodo de dos años desde el nacimiento o adopción.
Qué se subvenciona
La concesión de una ayuda económica por el nacimiento o adopción de un niño o niña durante el año 2026.
Cuantía
Un pago único de 500 euros por niño o niña nacido o adoptado.
La cuantía total disponible para esta convocatoria asciende a 4.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes abarca dentro del año de nacimiento 2026. Como excepción, para los nacidos en el mes de diciembre de 2026, el plazo se amplía hasta el 31 de enero de 2027 (el ejercicio siguiente).
Las solicitudes se deben presentar utilizando el modelo oficial (Anexo I y Anexo II), acompañadas de la documentación recogida en el apartado 9 de las bases reguladoras.
La información completa y trámites se pueden consultar en la página web del Ayuntamiento de Toral de los Vados (www.toraldelosvados.es) y en su sede electrónica (https://toraldelosvados.sedelectronica.es).
Obligaciones
Comprometerse a mantener el empadronamiento en el municipio, tanto de los progenitores como de los niños, por un periodo mínimo de dos años a contar desde el nacimiento o la adopción.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero se recibe por cada hijo?
Se concede un pago único de **500 euros** por cada niño nacido o adoptado.
¿Hasta cuándo puedo solicitar la ayuda si mi hijo nace en diciembre de 2026?
Si el niño nace en el mes de diciembre de 2026, dispone de un plazo ampliado para presentar la solicitud **hasta el 31 de enero del ejercicio siguiente** (2027).
¿Qué ocurre si solo figura un progenitor en el libro de familia?
En ese caso, el progenitor que figure registrado en el libro de familia será considerado el único beneficiario de la ayuda.