Convocatoria de ayudas para el fomento de la natalidad en el municipio de Toreno durante el año 2026
AYUNTAMIENTO DE TORENO
Importe total: 14.000 €
Apertura del plazo: 05 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de servicios sociales sin alojamiento, Educación
Ámbito territorial: Castilla y León · León
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 884864
A quién va dirigida
A los progenitores (ya sean casados, parejas de hecho o familias monoparentales) y a los adoptantes de niños de hasta 6 años.
Requisitos
El nacimiento o la adopción debe formalizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Ambos progenitores (o el padre/madre en caso de familias monoparentales) deben residir de forma efectiva en el Municipio con al menos 12 meses de antelación al nacimiento o adopción.
Para el pago de la ayuda, los beneficiarios deben seguir residiendo en el Municipio.
El recién nacido debe ser empadronado por primera vez en el mismo municipio y domicilio que los beneficiarios. En caso de adopción, el menor debe inscribirse en el Padrón en el domicilio del adoptante en el plazo de un mes a contar desde la Resolución Judicial.
Los beneficiarios deben estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales durante todo el año anterior al nacimiento o adopción.
Qué se subvenciona
El fomento de la natalidad y la adopción en el municipio de Toreno durante el año 2026, con el fin de apoyar a las familias y fijar población.
Cuantía
Un pago único de 2.000,00 € por cada nacimiento o adopción. En el caso de partos o adopciones múltiples, se concederá el 100 % de la ayuda (2.000,00 €) por cada hijo. La convocatoria cuenta con una cuantía total máxima de 14.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar la solicitud es de tres meses a contar desde el día siguiente al nacimiento, o desde el día siguiente a la inscripción de la adopción en el libro de familia (o desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, si esta fuera posterior).
Las solicitudes se presentan en el Registro General del Ayuntamiento de Toreno o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Se debe adjuntar la siguiente documentación:
Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil o copia de la Resolución Judicial de la adopción.
Cuenta corriente bancaria para el ingreso.
El certificado de empadronamiento que acredite la residencia de 12 meses y la inscripción del menor se tramitará de oficio por el Ayuntamiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre en caso de tener mellizos o un parto múltiple?
Se tiene derecho a percibir el **100 %** de la ayuda por cada uno de los hijos, es decir, se recibirán **2.000,00 €** por cada niño.
¿Tengo que solicitar yo mismo el certificado de empadronamiento?
No. La acreditación del empadronamiento que demuestra la antigüedad de al menos **12 meses** y el alta del menor en el domicilio se realizará de oficio por el propio Ayuntamiento de Toreno.
¿Cuál es el límite de edad para los niños adoptados?
Para poder solicitar la ayuda, los niños adoptados deben tener una edad de hasta **6 años**.