SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES DE MAGAZ DE PISUERGA PARA EL AÑO 2026
AYUNTAMIENTO DE MAGAZ DE PISUERGA
Importe total: 6000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 01 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento, Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria
Ámbito territorial: Castilla y León · Palencia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 884648
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a entidades, agrupaciones de personas físicas o asociaciones sin ánimo de lucro (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) que cumplan con lo siguiente:
Tener su sede en Magaz de Pisuerga.
Contar con Código de Identificación Fiscal (CIF).
Desarrollar actividades en el ámbito de la cultura.
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las entidades solicitantes deben cumplir obligatoriamente con los siguientes requisitos documentales y de constitución:
Tener redactados los Estatutos y firmado el acta fundacional.
Tener la obligación de estar inscrita en el registro de asociaciones (ya sea autonómico o estatal, según su ámbito de actuación) y cumplir con el procedimiento administrativo correspondiente.
Presentar la solicitud de forma telemática utilizando un certificado electrónico que corresponda obligatoriamente al solicitante de la ayuda.
Qué se subvenciona
El fomento de la creación y/o mantenimiento de grupos y asociaciones de Magaz de Pisuerga, así como la realización de actividades por parte de las mismas que beneficien a los vecinos del municipio.
Periodo subvencionable: Actividades realizadas o a realizar desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 1 de noviembre de 2026.
Gastos excluidos:
Actividades dirigidas exclusivamente a los asociados.
Actividades que estén o puedan estar incluidas en la programación general municipal durante el ejercicio.
Gastos de comidas de todo tipo.
Gastos de actividades de carácter protocolario.
Adquisición de material inventariable.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 6.000 euros (con cargo a la partida 334.480.02).
Límite por beneficiario: Cada agrupación o asociación podrá recibir una cantidad máxima de 1.200 euros.
Porcentaje subvencionable: La ayuda no podrá superar el coste total de la actividad ni ser superior al 75% del presupuesto de la misma. La asociación debe aportar el porcentaje restante.
Compatibilidad: Estas ayudas son compatibles con cualquier otra subvención concedida por organismos públicos o privados.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de noviembre de 2026.
La presentación debe realizarse obligatoriamente de forma telemática a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga. Si se presenta de forma presencial, se requerirá su subsanación por vía electrónica.
Documentación obligatoria a adjuntar:
Anexo I (Solicitud en modelo oficial).
Anexo II (Proyecto, memoria y presupuestos del programa o actividad).
Anexo III (Designación de cuenta bancaria).
Fotocopia del CIF de la asociación y sus Estatutos.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si presento la solicitud de forma presencial?
El Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga le requerirá para que la subsane obligatoriamente a través de su presentación electrónica.
¿Puede otra persona firmar la solicitud con su certificado digital?
No. El certificado electrónico con el que se realice la presentación debe corresponder obligatoriamente al solicitante de la ayuda; de lo contrario, la solicitud no será admitida y no se permitirá subsanar este defecto.
¿Se puede pedir la ayuda para una actividad que ya se ha realizado?
Sí, se pueden solicitar subvenciones para actividades ya realizadas o por realizar, siempre que se encuadren entre el **1 de noviembre de 2025 y el 1 de noviembre de 2026**.