2026 SUBVENCIÓN NOMINATIVA BASES EJECUCIÓN 33.ª PRESUPUESTO 2026 del Área Gestora Universitats y persona beneficiaria FUNDACIÓ GENERAL UNIVERSITAT DE VALÈNCIA

AYUNTAMIENTO DE GANDIA

No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.

Ficha Divulgativa: Subvención Nominativa para la Fundació General Universitat de València (Ejercicio 2026)

El Ayuntamiento de Gandia, en su compromiso con el fomento de la educación y las actividades universitarias, convoca una subvención nominativa destinada a la Fundació General Universitat de València para el ejercicio 2026. Esta ficha tiene como objetivo desglosar los aspectos más relevantes de esta ayuda, ofreciendo una visión clara y concisa de sus características principales.

Esta convocatoria se enmarca dentro de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2026 del Área Gestora de Universitats, lo que subraya la importancia estratégica que el consistorio otorga a la colaboración con las instituciones universitarias para el desarrollo de proyectos educativos y culturales en la región.

A quién va dirigida

Esta subvención está dirigida de manera específica y exclusiva a la FUNDACIÓ GENERAL UNIVERSITAT DE VALÈNCIA. Se trata de una ayuda de carácter nominativo, lo que significa que el beneficiario ya está preestablecido en las bases de la convocatoria.

Es importante destacar que el tipo de beneficiario permitido, según los datos oficiales, son PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. La Fundació General Universitat de València cumple con este perfil al ser una entidad con fines no lucrativos vinculada a la educación superior y a la difusión cultural.

Requisitos principales

Dado el carácter nominativo de esta subvención, el principal requisito es ser la entidad designada: la FUNDACIÓ GENERAL UNIVERSITAT DE VALÈNCIA.

Los datos oficiales no detallan requisitos adicionales específicos que deba cumplir la fundación más allá de su propia naturaleza jurídica y su encaje como persona jurídica que no desarrolla actividad económica. Tampoco se mencionan condiciones relacionadas con la presentación de proyectos concretos o el cumplimiento de indicadores previos para la concesión, al ser una subvención ya asignada en el presupuesto.

Qué gastos cubre

La finalidad explícita de esta subvención es la Educación. Aunque los datos oficiales no especifican en detalle los tipos de gastos concretos que se pueden imputar a esta ayuda, se entiende que deben estar directamente relacionados con actividades, programas o proyectos que la Fundació General Universitat de València desarrolle en el ámbito educativo, y que concuerden con los objetivos del Área Gestora de Universitats del Ayuntamiento de Gandia.

Al no disponer de los documentos oficiales con el texto íntegro de la convocatoria, no es posible precisar si existen limitaciones o categorías específicas de gastos subvencionables (por ejemplo, personal, material, eventos, investigación, etc.). Para obtener esta información, sería necesario consultar las bases de ejecución presupuestaria completas o contactar directamente con el Área Gestora de Universitats.

Cuantía y plazos

La cuantía total de esta subvención asciende a 30.000 EUR. Esta cifra es el importe asignado directamente a la Fundació General Universitat de València.

En cuanto a los plazos, la convocatoria tiene un periodo de Apertura: 2026-01-01 y de Cierre: 2026-12-31. Esto indica que la ejecución y, presumiblemente, la justificación de los gastos asociados a esta subvención deberán realizarse dentro del ejercicio fiscal 2026. No obstante, al ser una subvención nominativa, estos plazos suelen referirse más al periodo de aplicación y justificación del gasto que a un plazo de solicitud propiamente dicho para el beneficiario ya designado.

Cómo solicitarla

Dado que se trata de una SUBVENCIÓN NOMINATIVA, la solicitud en el sentido tradicional (presentación de una instancia competitiva) no aplica. La Fundació General Universitat de València es la entidad beneficiaria ya designada por el Ayuntamiento de Gandia en sus presupuestos y bases de ejecución.

El proceso habitual para este tipo de subvenciones implica que el organismo concedente (Ayuntamiento de Gandia) realice los trámites administrativos necesarios para la formalización y entrega de la ayuda directamente con la fundación, siguiendo los procedimientos internos establecidos para la ejecución de las subvenciones nominativas. La fundación deberá, en su momento, realizar la justificación de los fondos conforme a la normativa aplicable y lo establecido en los acuerdos o convenios que se deriven de esta asignación presupuestaria. Los datos disponibles no aportan detalles sobre un procedimiento de "solicitud" activa por parte del beneficiario.

Errores frecuentes

Uno de los errores más comunes en relación con las subvenciones nominativas es pensar que cualquier entidad puede solicitarlas. Es fundamental entender que estas ayudas están pre-asignadas a un beneficiario específico, en este caso, la Fundació General Universitat de València.

Otro error sería intentar presentar una solicitud fuera de los plazos indicados si se tratara de una convocatoria abierta, lo cual no es el caso aquí. Para la entidad beneficiaria, un error podría ser no cumplir con los requisitos de justificación de los gastos o no destinar los fondos exclusivamente a la finalidad educativa para la que han sido concedidos. También, la falta de comunicación con el Área Gestora de Universitats del Ayuntamiento de Gandia para aclarar cualquier aspecto del proceso.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar esta subvención?

No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.

¿Quién la concede y a quién?

La concede AYUNTAMIENTO DE GANDIA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.

¿Cuál es su importe?

El importe registrado en la BDNS es de 30.000 €.

Convocatoria oficial

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