BASES POR LA QUE SE HA DE REGIR EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE GESTION MUNICIPAL DE EMERGENCIA SOCIAL PARA EL 2025 DE LA EXCMA DIPUTACION DE SEVILLA EN EL MUNICIPIO DE EL PALMAR DE TROYA

AYUNTAMIENTO DE PALMAR DE TROYA, EL

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a familias y colectivos desfavorecidos en situación de urgencia o emergencia social para evitar su exclusión social.

Requisitos

Para poder ser beneficiaria, la persona solicitante debe cumplir las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se subvencionan prestaciones económicas de urgencia y emergencia social divididas en cuatro líneas de ayuda:

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Tengo que estar empadronado obligatoriamente un año en el municipio?

Por regla general sí, se exige al menos **un año** de empadronamiento y residencia habitual. Sin embargo, no se exigirá este requisito en casos excepcionales de emergencia debidamente justificados, situaciones de violencia de género con orden de alejamiento en vigor, o en el caso de personas refugiadas o con asilo político.

¿Puede solicitar la ayuda un menor de edad?

Sí, de forma excepcional pueden solicitarla aquellos menores de edad que tengan hijos a su cargo, los que provengan de instituciones de protección de menores y los menores huérfanos de padre y madre.

¿Qué conceptos de vivienda se pueden cubrir con esta ayuda?

Se pueden cubrir los gastos relacionados con la **Línea 2**, destinada específicamente a deudas o pagos relacionados con la vivienda de la persona beneficiaria.

Convocatoria oficial

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