BASES POR LA QUE SE HA DE REGIR EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE GESTION MUNICIPAL DE EMERGENCIA SOCIAL PARA EL 2025 DE LA EXCMA DIPUTACION DE SEVILLA EN EL MUNICIPIO DE EL PALMAR DE TROYA
AYUNTAMIENTO DE PALMAR DE TROYA, EL
Importe total: 14.857 €
Apertura del plazo: 20 de enero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Andalucía · Sevilla
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 882575
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a familias y colectivos desfavorecidos en situación de urgencia o emergencia social para evitar su exclusión social.
Requisitos
Para poder ser beneficiaria, la persona solicitante debe cumplir las siguientes condiciones:
No tener acceso a otras ayudas de Administraciones públicas o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.
Ser mayor de 18 años, estar emancipada legalmente o haber iniciado el trámite de emancipación. Excepcionalmente, pueden solicitarla menores con hijos a su cargo, menores que procedan de instituciones de protección de menores y menores huérfanos de padre y madre.
Estar empadronada y residir de forma habitual al menos un año en el municipio de la provincia de Sevilla desde el que se solicita. Se exceptúan de este plazo de un año los casos con circunstancias excepcionales de emergencia justificadas, casos de violencia de género con orden de alejamiento en vigor y personas refugiadas o con asilo político.
Pertenecer a una unidad familiar que se encuentre dentro de los umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Qué se subvenciona
Se subvencionan prestaciones económicas de urgencia y emergencia social divididas en cuatro líneas de ayuda:
Línea 1: Deuda contraída con la Tesorería General de la Seguridad Social, siempre que el solicitante pueda recibir una prestación básica para la supervivencia de la unidad familiar una vez saldada dicha deuda.
Línea 2: Deudas o pagos relacionados con la vivienda.
Línea 3: Necesidades relacionadas con la salud y/o protección.
Línea 4: Otras necesidades básicas.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de las bases y finaliza el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el crédito asignado.
Cómo solicitarla: Las personas interesadas deben presentar el modelo del Anexo I junto con la documentación correspondiente. Se puede realizar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Palmar de Troya o de forma presencial con cita previa en el Registro del Ayuntamiento. El documento del Anexo I se puede descargar en la web municipal y en la Sede Electrónica.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que estar empadronado obligatoriamente un año en el municipio?
Por regla general sí, se exige al menos **un año** de empadronamiento y residencia habitual. Sin embargo, no se exigirá este requisito en casos excepcionales de emergencia debidamente justificados, situaciones de violencia de género con orden de alejamiento en vigor, o en el caso de personas refugiadas o con asilo político.
¿Puede solicitar la ayuda un menor de edad?
Sí, de forma excepcional pueden solicitarla aquellos menores de edad que tengan hijos a su cargo, los que provengan de instituciones de protección de menores y los menores huérfanos de padre y madre.
¿Qué conceptos de vivienda se pueden cubrir con esta ayuda?
Se pueden cubrir los gastos relacionados con la **Línea 2**, destinada específicamente a deudas o pagos relacionados con la vivienda de la persona beneficiaria.