Resolución de publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus. R. 2023/2831
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Importe total: 4.575.394 €
Apertura del plazo: 08 de enero de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 876434
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a los siguientes beneficiarios que operen en Castilla-La Mancha:
Empresas (incluyendo pymes y grandes empresas).
Personas autónomas (personas físicas que desarrollan una actividad económica).
Sociedades laborales o cooperativas.
Comunidades de bienes y sociedades civiles.
Entidades sin ánimo de lucro (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica).
Qué se subvenciona
Se subvencionan las siguientes actuaciones de fomento del empleo estable realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 (ambos inclusive):
Línea 1: Contrataciones laborales por tiempo indefinido.
Línea 2: Conversiones de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa.
Cuantía
El crédito disponible para esta convocatoria asciende a un total de 3.500.000,00 euros (con un presupuesto total previsto de 4.575.393,78 euros). Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y fondos finalistas del Servicio Público de Empleo Estatal. La cuantía individual de las subvenciones está regulada en el artículo 13 del Decreto 37/2024, de 9 de julio.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 8 de enero de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.
Los plazos específicos para solicitar la ayuda son:
Línea 1 (contratos indefinidos): En el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato.
Línea 2 (conversión a jornada completa): En el plazo máximo de un mes desde la modificación de la jornada.
Actuaciones realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y la fecha de publicación de la resolución: El plazo de presentación para ambas líneas será de un mes a contar desde el día siguiente al de dicha publicación.
Cómo solicitarla:
La presentación se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Se debe presentar el anexo I para la Línea 1, o el anexo II para la Línea 2, acompañados siempre del anexo III. Las solicitudes se dirigen a la persona titular de la Dirección General de Empleo.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tengo para solicitar la ayuda si contraté a un trabajador el 15 de noviembre de 2025?
Al tratarse de una actuación realizada antes de la publicación de la resolución (entre el 1 de noviembre de 2025 y el día de la publicación), dispone de un plazo de **un mes** a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
¿Se pueden presentar las solicitudes de forma presencial?
No, el trámite debe realizarse obligatoriamente de forma **telemática con firma electrónica** a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
¿Quién cofinancia estas ayudas de empleo?
Estas subvenciones están cofinanciadas por el **Fondo Social Europeo Plus (FSE+)** y por fondos finalistas del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, procedentes del **Servicio Público de Empleo Estatal**.