Resolución de 03/03/2026, de publicación de créditos en 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 42/2025, para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Reg. UE 2832
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Importe total: 1.760.000 €
Apertura del plazo: 13 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 891675
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las empresas de inserción, calificadas conforme a la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, y al Decreto 22/2010, de 20 de abril, que realicen contrataciones de personas en situación de exclusión social y mantenimiento del personal técnico de acompañamiento y/o de producción, la contratación de asistencia técnica para la realización de auditorías o estudios, la inversión en activos fijos generadores de puestos de trabajo en inserción, así como la contratación de las personas beneficiarias del "Cheque de inserción", con las condiciones establecidas en el Decreto 42/2025, de 3 de junio.
Qué se subvenciona
Se financian las siguientes líneas de subvención previstas en el Decreto 42/2025, de 3 de junio:
Línea 1: Subvenciones a la contratación y/o mantenimiento de personas en riesgo o situación de exclusión social.
Línea 2: Subvenciones a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de acompañamiento y/o de producción.
Línea 3: Subvenciones para la contratación de asistencias técnicas (realización de auditorías o estudios).
Línea 4: Subvención a la inversión en activos fijos generadores de puestos de trabajo en inserción.
Línea 5: Subvenciones para la contratación de las personas beneficiarias del "Cheque de inserción".
Cuantía
El presupuesto total disponible para la convocatoria de 2026 asciende a 1.960.000 euros (el importe total de la base de datos es de 1.760.000 euros). Las cuantías según cada línea son:
Línea 1: El importe por formalización de contratos a jornada completa con personas en riesgo o situación de exclusión social se establece en función de su duración, según el artículo 26 del Decreto 42/2025, de 3 de junio.
Línea 2: El 75% del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la solicitud por técnico, por un periodo máximo de 12 meses de contrato (se reduce proporcionalmente si la jornada es a tiempo parcial).
Línea 3: El 80% del coste total del gasto de la asistencia técnica, con los límites del artículo 39 del Decreto 42/2025.
Línea 4: El 80% del gasto total de las inversiones en activo fijo, con el límite del artículo 45 del Decreto 42/2025.
Línea 5: 8.000 euros por cada contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios realizado, y 10.000 euros por cada contrato indefinido.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Las solicitudes se pueden presentar desde el 2026-03-13 (día siguiente al de la publicación del extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha) hasta el 2026-12-31.
Cómo solicitarla: Las solicitudes (Líneas 1, 2, 3, 4 y 5) se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Empleo y deben presentarse obligatoriamente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), aportando los Anexos I a V según la línea correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Qué organismo convoca estas ayudas y cuál es su ámbito geográfico?
La convocatoria es gestionada por la **Dirección General de Empleo** de la Junta de Comunidades de **Castilla-La Mancha**.
¿Qué es la Línea 5 y qué importes ofrece?
La Línea 5 subvenciona la contratación de personas beneficiarias del "Cheque de inserción", ofreciendo **8.000 euros** por contrato formativo para la obtención de práctica profesional y **10.000 euros** por cada contrato indefinido.
¿Cómo se calcula la ayuda para la contratación de personal técnico (Línea 2)?
La subvención será del **75%** del salario mínimo interprofesional vigente al solicitarla, por un máximo de **12 meses** de contrato, aplicándose una reducción proporcional si la jornada de trabajo es a tiempo parcial.