RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA POR LA QUE SE CONVOCA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA )
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 873724
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas) y personas físicas que desarrollan actividad económica (autónomos) dentro del sector de la producción de obras audiovisuales.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la producción de obras audiovisuales para cine, televisión y plataformas digitales.
El periodo de ejecución para realizar, acreditar y pagar los gastos subvencionables varía según el momento de presentación de la solicitud:
Para los proyectos presentados en el nuevo plazo de solicitudes, el periodo de ejecución comprende desde el 1 de enero de 2026 al 30 de junio de 2029.
Para los proyectos presentados en el primer plazo, el periodo comprende desde el 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria tras su modificación es de 700.000,00 €, financiados con cargo al presupuesto del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (ICA) para el ejercicio 2025.
Este importe se distribuye en las siguientes líneas de financiación activas para el nuevo plazo:
LÍNEA A: 500.000,00 €
LÍNEA B: 200.000,00 €
En caso de que quede crédito sobrante en alguna de las líneas, este se reasignará para atender proyectos presentados empezando por la categoría A y después la B. La categoría de largometrajes documentales (Línea C) no se incluye en este nuevo plazo de solicitudes por haber agotado su crédito de 100.000,00 €.
Plazo y cómo solicitarla
El nuevo plazo para presentar las solicitudes finaliza el 30 de octubre de 2026, habiéndose iniciado al día siguiente de la publicación de la Resolución de modificación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
La información y tramitación de la convocatoria se realiza a través de la página web del ICA (www.icarm.es, en el apartado de Convocatorias).
Preguntas frecuentes
¿Se pueden presentar solicitudes para la producción de largometrajes documentales en este nuevo plazo?
No. La categoría de largometrajes documentales (Línea C) ha quedado excluida de este nuevo plazo de solicitudes porque su crédito consignado de **100.000,00 €** se encuentra completamente agotado.
¿Cuál es la fecha límite para ejecutar y pagar los gastos de los proyectos del nuevo plazo?
Los gastos subvencionables de los proyectos que se presenten en este nuevo plazo deben ser efectivamente realizados, acreditados y pagados en el periodo comprendido entre el **1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2029**.
¿Qué ocurre si sobra dinero en alguna de las líneas de ayuda?
Si existe crédito no otorgado o sobrante en alguna de las líneas, este se asignará a las líneas que hayan quedado con falta de crédito para cubrir sus proyectos, realizando el reparto en primer lugar a la **Línea A** y posteriormente a la **Línea B**.