Resolución de 13/11/2025, de la Vicepresidencia del I.M.S.S. por la que se convocan ayudas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

A quién va dirigida

A personas físicas mayores de edad o legalmente emancipadas que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad en el municipio de Badajoz y sus poblados, concretamente:

Requisitos

Qué se subvenciona

La dotación de una solución habitacional inmediata mediante el pago de la renta de alquiler (o precio de ocupación) y los gastos y suministros básicos de la vivienda.

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000,00 €. La ayuda para cada destinatario puede alcanzar:

La cuantía final requiere el informe favorable del Servicio Social de Atención Social Básica.

Plazo y cómo solicitarla

Obligaciones

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si tengo otra casa en propiedad?

No. Ninguno de los miembros de la unidad de convivencia puede tener el derecho de propiedad o de usufructo sobre ninguna vivienda en España que pueda ocupar y que sea compatible con su situación.

¿Qué gastos de la vivienda cubre esta ayuda?

Cubre el **100%** del coste del alquiler (hasta un máximo de **600 €** al mes) y el **100%** de los gastos y suministros básicos del hogar (hasta un máximo de **200 €** al mes).

¿Puedo solicitar la ayuda si convivo con mi agresor?

No. Uno de los requisitos obligatorios para las víctimas de violencia de género es no convivir con el agresor.

Convocatoria oficial

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