Resolución de 13/11/2025, de la Vicepresidencia del I.M.S.S. por la que se convocan ayudas a mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 19 de noviembre de 2025
Cierre del plazo: 19 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Extremadura · Badajoz
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 868476
A quién va dirigida
A personas físicas mayores de edad o legalmente emancipadas que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad en el municipio de Badajoz y sus poblados, concretamente:
Víctimas de violencia de género (que no convivan con el agresor).
Víctimas de trata con fines de explotación sexual o de explotación laboral.
Víctimas de violencia sexual.
Personas objeto de desahucio de su vivienda habitual.
Personas sin hogar.
Personas con discapacidad o enfermedad mental.
Personas en proceso de inserción social tras su estancia en centros penitenciarios, de rehabilitación psicosocial, de deshabituación o de reforma.
Adolescentes en situación de riesgo y jóvenes extutelados por la Junta de Extremadura.
Personas en situación de pérdida temporal de su vivienda habitual u otras situaciones similares valoradas por los Servicios Sociales.
Requisitos
Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo, Suiza (o parentesco aplicable). En caso de extranjeros no comunitarios, tener estancia o residencia regular en España.
No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni haber sido objeto de revocación de ayudas de planes de vivienda por causa imputable.
Haber aportado toda la documentación requerida al Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS) y a los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
Ningún miembro de la unidad de convivencia puede ser propietario o usufructuario de una vivienda en España que pueda ocupar y sea compatible con su situación.
Cumplir los requisitos en la fecha de presentación de la solicitud y mantenerlos durante toda la ayuda.
Qué se subvenciona
La dotación de una solución habitacional inmediata mediante el pago de la renta de alquiler (o precio de ocupación) y los gastos y suministros básicos de la vivienda.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000,00 €. La ayuda para cada destinatario puede alcanzar:
El 100% de la renta de alquiler o precio de ocupación, con un límite máximo de 600 € al mes en supuestos justificados.
El 100% de los gastos y suministros básicos, con un límite máximo de 200 € al mes.
La cuantía final requiere el informe favorable del Servicio Social de Atención Social Básica.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Se abre el 19 de noviembre de 2025 y cierra el 19 de noviembre de 2026 (un año de duración), salvo que se agote antes el crédito de 50.000,00 €.
Cómo solicitarla: Presentando una única solicitud según el modelo oficial facilitado por el Instituto Municipal de Servicios Sociales de Badajoz (IMSS), acompañada de la documentación que acredite la situación de vulnerabilidad.
Obligaciones
Acreditar que se cumplen y mantienen todos los requisitos exigidos.
Aportar periódicamente la documentación que sea requerida para demostrar que persiste la situación de necesidad que motiva la ayuda.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la ayuda si tengo otra casa en propiedad?
No. Ninguno de los miembros de la unidad de convivencia puede tener el derecho de propiedad o de usufructo sobre ninguna vivienda en España que pueda ocupar y que sea compatible con su situación.
¿Qué gastos de la vivienda cubre esta ayuda?
Cubre el **100%** del coste del alquiler (hasta un máximo de **600 €** al mes) y el **100%** de los gastos y suministros básicos del hogar (hasta un máximo de **200 €** al mes).
¿Puedo solicitar la ayuda si convivo con mi agresor?
No. Uno de los requisitos obligatorios para las víctimas de violencia de género es no convivir con el agresor.