Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de valor Industrial Actuacion 2. Eficiencia Energetica Procesos e Instalaciones REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación.
AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA
Importe total: 9.306.210 €
Apertura del plazo: 10 de octubre de 2025
Cierre del plazo: 30 de septiembre de 2027
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Acabado de textiles, Actividades auxiliares del transporte, Actividades de apoyo a la pesca y la acuicultura, Actividades de diseño especializado, Actividades de intermediación para el transporte, Actividades de intermediación para servicios de construcción especializada, Actividades de las agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos, Actividades de portales de búsqueda en la web y otras actividades de servicios de información, Actividades de programación de televisión, emisión y distribución de vídeos, Actividades de reventa de telecomunicaciones y servicios de intermediación para telecomunicaciones, Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor, Actividades de sociedades holding y de sociedades instrumentales de financiación, Actividades inmobiliarias por cuenta propia y promoción inmobiliaria, Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles, Alquiler de vehículos de motor, Artes gráficas y servicios relacionados con estas, Aserrado y cepillado de la madera; transformación y acabado de la madera, Captación, depuración y distribución de agua, Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico, Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones, Comercio al por mayor de otra maquinaria, equipos y suministros, Comercio al por mayor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios, Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos, Comercio al por menor de otros artículos de uso doméstico, Comercio al por menor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios, Confección de prendas de vestir, Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria, Construcción de edificios, Construcción de otros proyectos de ingeniería civil, Construcción de redes, Construcción naval, Depósito y almacenamiento, Edición de programas informáticos, Ensayos y análisis técnicos, Fabricación de artículos de joyería, bisutería y similares, Fabricació
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 861152
A quién va dirigida
Pueden solicitar las ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, asociaciones empresariales y agrupaciones con personalidad jurídica que ofrezcan bienes o servicios en el mercado dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Según la línea de actuación:
Línea 1: Pymes y grandes empresas. Quedan excluidas las microempresas y personas físicas con consideración de microempresa. Los clústeres y agrupaciones empresariales innovadoras deben estar constituidos por pymes y acreditados como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento o formar parte de los Centros europeos de innovación digital. Las empresas que no sean pymes solo pueden optar a la tipología L1.3.2.6 si colaboran de forma efectiva con pymes que asuman al menos el 30 % del coste incentivable.
Línea 2: Incluye a las entidades anteriores, a las empresas de servicios energéticos (ESE) y a las comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía.
Qué se subvenciona
Incentivos divididos en dos líneas de trabajo:
Línea 1 (Desarrollo competitivo industrial, concurrencia competitiva):
Inversiones productivas en pymes nuevas o existentes (L1.3.1).
Desarrollo industrial mediante nuevos productos y procesos (L1.3.2).
Adquisición de servicios por pymes para refuerzo de capacidades y especialización (L1.3.4).
Línea 2 (Uso eficiente de la energía, concurrencia no competitiva):
Eficiencia energética en edificios (L2.3.1).
Eficiencia energética en procesos e instalaciones (L2.3.2).
Energías renovables para edificios, procesos e instalaciones (L2.3.3).
Tecnologías renovables próximas al mercado (L2.3.4).
Cuantía
El crédito presupuestario asignado para esta actuación específica es de 9.306.210 €. En el conjunto de la convocatoria, la Línea 1 cuenta con 25.360.000 € y la Línea 2 con 83.640.000 €.
En los créditos presupuestarios vinculados al Programa Andalucía FEDER 2021-2027 especificados en la convocatoria, se asigna un 65 % a pymes y personas autónomas, y un 35 % a grandes empresas.
Plazo y cómo solicitarla
La presentación se realiza exclusivamente por vía electrónica a través de la web oficial de la Junta de Andalucía: `https://juntadeandalucia.es/organismos/industriaenergiayminas/areas/industria/promocion-industrial/selectorincentivos`.
Los plazos son:
Línea 1: Abierto desde las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto en BOJA hasta las 23:59 horas del 31 de octubre de 2025. Solicitudes dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Industria y Minas.
Línea 2: Abierto desde las 9:00 horas del 10 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2027 (salvo resolución de cierre anticipado por agotamiento o ampliación posterior). Solicitudes dirigidas a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se resuelve la concesión de las ayudas en cada línea?
La Línea 1 se tramita mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, mientras que la Línea 2 se concede bajo el régimen de concurrencia no competitiva.
¿Pueden solicitar la ayuda las microempresas?
En la Línea 1 están expresamente excluidas las microempresas y las personas físicas que tengan dicha condición. En la Línea 2 pueden solicitarla las personas físicas y jurídicas privadas que realicen actividad económica en el mercado, sin exclusión expresa de micropymes.
¿Qué requisito deben cumplir las grandes empresas en el subtipo L1.3.2.6?
Deben colaborar de manera efectiva con una o varias pymes mediante un acuerdo formal, donde las pymes participantes asuman como mínimo el **30 %** del coste total incentivable.