AGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL (AGADER)
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
Ficha Divulgativa: Subvención para el Acondicionamiento y Ampliación del Local Social de Carral (Begonte)
Presentamos la ficha divulgativa de la subvención directa destinada al proyecto singular de acondicionamiento y ampliación del local social de Carral, impulsada por la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (AGADER). Esta convocatoria representa una oportunidad clave para el fomento de la actividad cultural y la mejora de infraestructuras comunitarias en el ámbito rural gallego.
Esta subvención está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Según el título de la convocatoria, la ayuda se instrumenta mediante un convenio directo con el ayuntamiento de Begonte. Por tanto, el beneficiario designado en esta operación es el Ayuntamiento de Begonte, dada la naturaleza singular y directa del proyecto. El objetivo es prestar servicios a la comunidad en general, centrándose en el ámbito cultural.
Dado que se trata de una subvención directa concedida a través de un convenio específico con el Ayuntamiento de Begonte, los requisitos principales se centrarán en la correcta ejecución del proyecto singular de acondicionamiento y ampliación del local social de Carral, tal como se establece en dicho convenio. La información facilitada no detalla otros requisitos específicos más allá de la condición del beneficiario y la finalidad del proyecto. Se entiende que el ayuntamiento deberá cumplir con las condiciones estipuladas en el propio convenio y la normativa aplicable a este tipo de ayudas públicas.
La finalidad de esta subvención es apoyar un proyecto de cultura, concretamente el acondicionamiento y ampliación del local social de Carral. Por tanto, los gastos cubiertos estarán directamente relacionados con todas las acciones y materiales necesarios para llevar a cabo esta obra de mejora y expansión de la infraestructura. Esto incluiría, previsiblemente, costes de obra civil, materiales de construcción, equipamiento necesario para el funcionamiento del local social una vez acondicionado y ampliado, y otros gastos directamente vinculados a la ejecución del proyecto singular descrito. La convocatoria no ofrece un desglose de gastos elegibles ni exclusiones específicas.
El importe total de esta subvención asciende a 216.468,66 EUR. Se trata de una entrega dineraria sin contraprestación, enmarcada en un convenio singular.
Respecto a los plazos, la convocatoria indica una apertura el 2 de junio de 2025 y un cierre el 15 de noviembre de 2026. Es importante destacar que estas fechas, al tratarse de un convenio directo ya establecido, podrían referirse a plazos para la justificación de la subvención o la finalización del proyecto, y no a un período de solicitud abierto. La información oficial no especifica el alcance exacto de estas fechas.
La información disponible indica que esta ayuda se instrumenta como un "convenio entre la Agencia Gallega de Desarrollo Rural y el ayuntamiento de Begonte para la concesión de una subvención directa". Esto significa que no se trata de una convocatoria abierta a solicitud por parte de múltiples candidatos, sino de una subvención directa ya acordada con el Ayuntamiento de Begonte. Por tanto, el procedimiento de "solicitud" en el sentido tradicional no aplica para terceros, ya que el beneficiario ha sido designado explícitamente. La gestión de esta subvención recae en el Ayuntamiento de Begonte, que deberá cumplir con las obligaciones y plazos derivados del convenio con AGADER.
Dado que se trata de una subvención directa y no de una convocatoria competitiva, los errores frecuentes de solicitud para otras entidades no son aplicables. Sin embargo, en la gestión de este tipo de ayudas por parte del beneficiario (Ayuntamiento de Begonte), los errores comunes suelen incluir:
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede AGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL (AGADER); el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 216.469 €.
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