Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actividades culturales y deportivas en la Comarca del Bierzo 2026
CONSEJO COMARCAL DE EL BIERZO
Importe total: 16.000 €
Apertura del plazo: 23 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 10 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: Castilla y León · León
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 937635
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a asociaciones privadas sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social dentro de la Comarca del Bierzo y que no estén incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Qué se subvenciona
La preparación y organización de actividades culturales o deportivas que se desarrollen en la Comarca del Bierzo y que promuevan una utilidad pública, interés social o bienestar colectivo en el ámbito comarcal.
Solo se podrá financiar una única actividad por cada asociación solicitante (aunque se desarrolle en varios días o distintas ubicaciones).
Se excluyen expresamente las actividades contrarias a los valores constitucionales o que promuevan la discriminación, el odio o la exclusión.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 16.000 €.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Del 23 de octubre de 2026 al 10 de noviembre de 2026 (el plazo oficial es de 10 días hábiles desde su publicación).
Vía de presentación: Exclusivamente por medios electrónicos en el Registro del Consejo Comarcal, a través de la Sede Electrónica del Consejo Comarcal del Bierzo.
Documentación a presentar:
Formulario de solicitud (ANEXO I).
Estatutos de la Asociación.
Tarjeta acreditativa del N.I.F. de la asociación.
Memoria de la actividad para la que se solicita la ayuda.
Presupuesto detallado de la actividad.
Declaración responsable (ANEXO II).
Certificado de criterios valorables (ANEXO III).
*Nota: Si los documentos ya están en poder de la administración y no han pasado más de cinco años desde la finalización del procedimiento correspondiente, no será necesario aportarlos, siempre que se indique la fecha y el órgano donde se presentaron.*
Subsanación: Si falta documentación o hay errores, se otorgará un plazo de cinco días hábiles para corregirlos tras recibir la notificación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar más de un proyecto para mi asociación?
No. Únicamente podrá ser objeto de financiación **una única actividad** por cada asociación solicitante, aunque esta se realice en varias jornadas o localizaciones dentro del territorio.
¿Qué pasa si me falta algún documento al presentar la solicitud?
El Consejo Comarcal le notificará un requerimiento de subsanación. Dispondrá de un plazo de **cinco días hábiles**, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, para aportar los documentos requeridos.