CONVOCATORIA DE AYUDAS POSPAGABLES A ESTUDIANTES PARA FACILIAR EL USO DEL TRANSPORTE PÚBLICO DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2026-2027
AYUNTAMIENTO DE ALGUAZAS
Importe total: 3000 €
Apertura del plazo: 22 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 31 de marzo de 2027
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Educación
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 937098
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a estudiantes (personas físicas que no desarrollan actividad económica) que estén empadronados en Alguazas y que cursen enseñanzas regladas que no estén disponibles en su municipio.
Requisitos
Para poder beneficiarse de esta subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Estar empadronado en Alguazas (el Ayuntamiento obtendrá el certificado de oficio si se autoriza en el Anexo I).
Desplazarse diaria o habitualmente durante los meses de septiembre de 2026 a junio de 2027 a cualquier centro educativo de la Región de Murcia ubicado fuera de Alguazas.
Estar matriculado en enseñanzas regladas que no se oferten en el municipio de Alguazas.
Utilizar las líneas de autobús 14 y 31 para realizar dichos desplazamientos.
Qué se subvenciona
Se subvenciona el gasto realizado en los desplazamientos en autobús para asistir presencialmente a los centros educativos.
Sí se subvenciona: El uso exclusivo de las líneas de autobús 14 y 31.
No se subvenciona: Los desplazamientos urbanos dentro de la ciudad donde se encuentre el centro educativo.
Esta ayuda es compatible con la percepción de otras subvenciones recibidas por entidades públicas o privadas.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un importe total de 3.000 €.
La ayuda individual cubrirá el gasto realizado y justificado, con un límite máximo de 150 € por persona subvencionada.
El Ayuntamiento distribuirá las ayudas en función del número de solicitudes admitidas y del gasto total justificado por cada solicitante.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo de 2027 (con inicio desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia). Excepcionalmente, si la formación reglada comienza después de octubre de 2026, se analizará el caso de forma individual.
Cómo solicitarla:
Se debe cumplimentar la instancia normalizada según el Anexo I, disponible en la web municipal o en el Registro del Ayuntamiento de Alguazas (Plaza Don Enrique Tierno Galván, 1).
La presentación se realizará preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alguazas, o bien de forma presencial en el Registro General o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que aportar el certificado de empadronamiento al solicitar la ayuda?
No es necesario que lo aportes tú mismo, ya que el Ayuntamiento de Alguazas lo obtendrá de oficio, siempre y cuando firmes la autorización correspondiente en el **Anexo I** de la solicitud.
¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otra beca para el transporte?
Sí, esta subvención es **compatible** con la percepción de otras subvenciones recibidas por parte de entidades públicas o privadas.
¿Se paga el total del coste del transporte?
La ayuda cubre el gasto real debidamente justificado que hayas realizado en las líneas **14 y 31**, pero tiene un límite máximo fijado en **150 € por persona**.