BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES, ENTIDADES Y FUNDACIONES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO, CUYAS ACCIONES SE DESARROLLEN REGULARMENTE EN LA COMPETICIÓN FEDERADA AÑO 2026
AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID
Importe total: 177.000 €
Apertura del plazo: 21 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 11 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: Madrid
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936757
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a clubes, entidades y fundaciones deportivas sin fines de lucro cuyas acciones se desarrollen regularmente en la competición federada.
Requisitos
Para poder beneficiarse de estas ayudas, las asociaciones deportivas ripenses deben cumplir con los siguientes requisitos:
Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad Autónoma de Madrid, con un mínimo de un año de antigüedad a la fecha de aprobación de la convocatoria por la Junta Local de Gobierno.
Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el término municipal de Rivas Vaciamadrid.
Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.
No estar incursas en las causas de prohibición de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable en el Anexo 1.
No estar incursas en ningún procedimiento sancionador mediante resolución en firme en materia de deportes.
Qué se subvenciona
Se subvencionan las acciones de las entidades beneficiarias desarrolladas regularmente en la competición federada durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 177.000 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web municipal (http://www.rivasciudad.es). El periodo oficial indicado comprende desde el 21 de octubre de 2026 hasta el cierre el 11 de noviembre de 2026.
Las solicitudes se deben presentar por medios electrónicos (según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015) a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/), aportando la siguiente documentación:
Anexo 1 (Solicitud de ayuda): Impreso normalizado que incluye la declaración jurada de la presidencia de la entidad y la declaración de ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal de la convocatoria y en los tres ejercicios fiscales anteriores.
Anexo 2 (Certificado de la federación): Documento original firmado por la presidencia o secretaría general de la federación correspondiente, que certifique la participación en competiciones federadas en la temporada actual, detallando gastos federativos, número de licencias, número de personal técnico con sus titulaciones y sus nombres y apellidos.
Anexo 3 (Certificado del representante de la entidad): Documento original firmado por la representación legal de la entidad, que debe incluir en formato PDF la documentación oficial (VILEM o ITA) que justifique la contratación del personal técnico, detallando los meses y horas semanales contratadas.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el período en el que se deben desarrollar las actividades deportivas subvencionadas?
El período subvencionable abarca desde el **1 de enero al 31 de diciembre de 2026**.
¿Qué documentación se debe aportar para justificar la contratación del personal técnico?
Se debe presentar el **Anexo 3** acompañado de la documentación oficial **VILEM o ITA** en formato PDF, que permita contrastar los nombres del personal técnico, el número de meses y las horas semanales contratadas.
¿Se exige alguna antigüedad mínima a las asociaciones solicitantes?
Sí, las entidades deben estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad Autónoma de Madrid con una antigüedad mínima de **un año** en la fecha de aprobación de la convocatoria.