RESOLUCIÓN de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la implementación del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica 2021-2027 y la convocatoria para el ejercicio 2026
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES
Importe total: 17.832.560 €
Apertura del plazo: 16 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 10 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935912
A quién va dirigida
Entidades del tercer sector de acción social y organizaciones no gubernamentales (ONG) que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y no realicen actividad económica.
Qué se subvenciona
Los costes de implementación en la Comunitat Valenciana del Programa de Asistencia Material Básica del FSE+ durante el ejercicio 2026, cofinanciados por el Fondo Social Europeo Plus. La ayuda cubre:
La provisión de tarjetas o vales canjeables por productos de alimentación y por otros productos de asistencia material básica para familias con menores a cargo que se encuentren por debajo del umbral de pobreza severa.
Medidas de acompañamiento.
Gastos administrativos, de transporte, almacenamiento y preparación vinculados a la ejecución.
Cuantía
La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 17.832.560,00 euros, distribuida en tres partidas específicas:
15.872.327,55 euros para gastos en alimentos y/o asistencia material básica.
1.111.062,93 euros para medidas de acompañamiento.
849.169,52 euros para gastos administrativos, de transporte, almacenamiento y preparación soportados por la entidad beneficiaria.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (del 16 de octubre de 2026 al 10 de noviembre de 2026).
La tramitación es exclusivamente telemática con firma electrónica propia o de la persona representante, a través de la sede electrónica de la Generalitat (`https://sede.gva.es`), accediendo al apartado «Guía Prop», «Trámites y servicios». Cada entidad debe presentar una única solicitud telemática, y el nombre de la organización solicitante debe coincidir de forma exacta con el que figura en su CIF.
Preguntas frecuentes
¿A qué colectivo final deben dirigirse las tarjetas o vales de asistencia?
Están destinados exclusivamente a familias con menores a cargo que se encuentren por debajo del umbral de pobreza severa en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
¿Se pueden presentar solicitudes en papel o presencialmente?
No. La presentación debe realizarse **exclusivamente por vía telemática** a través de la sede electrónica de la Generalitat con firma electrónica. Las solicitudes cursadas por otro procedimiento o modelo no serán admitidas.
¿Puede una entidad presentar más de una propuesta?
No. Se presentará una **única solicitud telemática** por cada entidad solicitante.