FEAGA.INVERSIONES INSTALACIONES TRANSFORMACIÓN E INFRAEST VITIVINÍCOLA 2027
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Importe total: 0 €
Apertura del plazo: 27 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 31 de marzo de 2027
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha, Producción ganadera
Ámbito territorial: ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935694
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las siguientes entidades que deseen realizar inversiones en transformación o comercialización vitivinícola en la Comunidad de Madrid:
Empresas vitivinícolas constituidas antes de presentar la solicitud, que produzcan o comercialicen los productos del anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013, o que comiencen a hacerlo gracias a la inversión.
Organizaciones de productores vitivinícolas y sus asociaciones.
Asociaciones de dos o más productores con personalidad jurídica y constituidas antes de la solicitud.
Organizaciones interprofesionales.
Organizaciones profesionales.
Las categorías de beneficiarios incluyen a grandes empresas, PYMEs y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Qué se subvenciona
Inversiones materiales e inmateriales en:
Instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas.
Estructuras e instrumentos de comercialización (incluyendo la comercialización mediante el enoturismo).
Estas inversiones pueden realizarse en las propias instalaciones de transformación y/o comercialización, o bien consistir en inversiones de comercialización en instalaciones desvinculadas físicamente de la bodega.
Cuantía
La ayuda está financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) (o el fondo europeo que lo sustituya en el periodo 2028-2034). La intensidad máxima de la ayuda en la Comunidad de Madrid varía según el tipo de empresa:
Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMEs): hasta un 40% de los costes subvencionables.
Empresas intermedias (menos de 750 empleados o volumen de negocio inferior a 200 millones de euros): hasta un 20% de los costes subvencionables.
Grandes empresas (750 o más empleados y volumen de negocio igual o superior a 200 millones de euros): hasta un 10% de los costes subvencionables.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finaliza el 31 de marzo de 2027.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden solicitar ayudas para proyectos de enoturismo?
Sí, la convocatoria cubre de forma expresa las inversiones en estructuras e instrumentos de comercialización, incluida la comercialización a través del **enoturismo**.
¿Qué porcentaje de ayuda me corresponde si tengo una pequeña empresa?
A las microempresas, pequeñas y medianas empresas les corresponde una intensidad máxima de ayuda del **40% de los costes subvencionables**.
¿Puede solicitar la ayuda una empresa que aún no produce vino?
Sí, siempre que esté constituida antes de presentar la solicitud y comience la producción o comercialización de los productos vitivinícolas indicados como consecuencia de la ejecución de la inversión solicitada.