CONSELL INSULAR DE IBIZA
No admite solicitudes. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Consulta las subvenciones abiertas.
El Consell Insular de Ibiza, en colaboración con el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, presenta esta convocatoria dirigida a impulsar el embellecimiento del casco urbano de Sant Antoni de Portmany. Se trata de una iniciativa crucial para la mejora de las infraestructuras locales y el desarrollo de un entorno más atractivo y funcional para sus residentes y visitantes.
Esta subvención se enmarca dentro del ámbito de Baleares, específicamente para Eivissa y Formentera, y su gestión recae en el sector de la Administración pública y de la política económica, social y medioambiental. Con un importe total significativo, esta ayuda busca fomentar proyectos que contribuyan directamente a la finalidad establecida: la mejora de las infraestructuras urbanas.
La publicación de esta ficha divulgativa tiene como objetivo principal facilitar la comprensión de los aspectos clave de la convocatoria a los potenciales beneficiarios, así como ofrecer una guía clara sobre los requisitos y el proceso de solicitud, siempre basándose estrictamente en la información oficial disponible.
Esta convocatoria está específicamente dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Esto implica que entidades con fines lucrativos o que realicen actividades comerciales no son elegibles para esta subvención. La naturaleza de los beneficiarios subraya el carácter público y sin ánimo de lucro de los proyectos que se pretenden financiar.
Los requisitos específicos para los beneficiarios no han sido detallados en la información oficial proporcionada más allá de la naturaleza jurídica de los mismos. Es fundamental que las personas jurídicas que no desarrollan actividad económica interesadas consulten la documentación completa del convenio una vez que esté disponible para conocer todas las condiciones y criterios de elegibilidad específicos que deben cumplir para poder acceder a la financiación.
La finalidad de esta subvención se centra exclusivamente en Infraestructuras. Esto significa que los gastos cubiertos deben estar directamente relacionados con proyectos de mejora, mantenimiento o creación de infraestructuras destinadas al embellecimiento del casco urbano de Sant Antoni de Portmany. La convocatoria no detalla objetivos concretos ni tipos específicos de gastos subvencionables, por lo que se recomienda a los interesados esperar a la publicación de la documentación completa para obtener mayor claridad sobre las actividades y costes elegibles.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 750.000 EUR. Se trata de una subvención y entrega dineraria sin contraprestación, lo que implica que los fondos se otorgan sin la expectativa de una devolución o de una prestación de servicios directa a cambio.
El periodo de apertura para presentar las solicitudes se establece a partir del 1 de octubre de 2026. El plazo de cierre para la convocatoria es el 1 de octubre de 2029. Este amplio periodo de tres años sugiere un marco temporal significativo para la planificación y ejecución de los proyectos.
La información oficial proporcionada no detalla el procedimiento específico para presentar las solicitudes. Dada la naturaleza de la convocatoria y el organismo promotor, es previsible que el proceso implique la presentación de documentación administrativa y técnica ante el Consell Insular de Ibiza o el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany. Se aconseja a los interesados estar atentos a la publicación de las bases completas del convenio, donde se especificarán los canales, formularios y documentos requeridos para formalizar la solicitud.
Uno de los errores más comunes podría ser la presentación por parte de personas jurídicas que sí desarrollan actividad económica, ya que la convocatoria especifica claramente que los beneficiarios deben ser entidades "que no desarrollan actividad económica". Otro error frecuente podría ser la presentación de proyectos que no se ajusten a la finalidad de Infraestructuras para el embellecimiento del casco urbano de Sant Antoni de Portmany. La falta de atención a los plazos de apertura y cierre (1 de octubre de 2026 al 1 de octubre de 2029) también podría llevar a la pérdida de la oportunidad. Es crucial, por tanto, revisar detalladamente las bases completas una vez publicadas para evitar cualquier incongruencia.
No. Es una concesión directa: la Administración la otorga a un beneficiario concreto (por ejemplo, una subvención nominativa de los presupuestos o un convenio) y no abre un plazo de solicitud para el público. Si buscas ayudas que puedas pedir, consulta las convocatorias abiertas parecidas de esta página.
La concede CONSELL INSULAR DE IBIZA; el tipo de beneficiario registrado en la BDNS es: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA. El acuerdo o convenio oficial detalla el destinatario y el objeto.
El importe registrado en la BDNS es de 750.000 €.
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