Subvenciones 2026 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de acciones de orientación para el empleo y mejora de la empleabilidad a personas jóvenes 16-18, según Decreto 167/2026 de 29 de septiembre de 2026

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)

El plazo de esta convocatoria terminó el 30 de octubre de 2026. Muchas se convocan de nuevo cada año: crea una alerta gratis para enterarte de la próxima o consulta las subvenciones abiertas.

A quién va dirigida

Esta convocatoria está dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia. Estas entidades deben perseguir fines de interés general que estén relacionados directamente con:

Requisitos

Para poder optar a la subvención, las entidades solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones:

El programa (Programa PROYECTA 16-18) debe atender obligatoriamente a un número de 75 personas usuarias por entidad beneficiaria, quienes deben ser jóvenes de entre 16 y 18 años, desempleadas e inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).

Cuantía

El presupuesto total de la convocatoria es de 498.026,64 €, financiado en dos anualidades:

La cuantía máxima de la subvención por entidad beneficiaria es de 124.506,66 €, desglosada en los siguientes conceptos límite:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (periodo oficial del 13 de octubre de 2026 al 30 de octubre de 2026).

La tramitación de las solicitudes y el acceso a toda la información del procedimiento se debe realizar de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico en el enlace: https://www.juntaex.es/w/0629522?inheritRedirect=true.

Preguntas frecuentes

¿A cuántos jóvenes debe atender cada entidad beneficiaria con esta subvención?

Cada entidad beneficiaria tiene la obligación de atender exactamente a un número de **75 personas usuarias** dentro del programa.

¿Se pueden solicitar cambios en las cuantías concedidas de las diferentes partidas?

Sí, las entidades pueden solicitar modificaciones en las partidas concedidas siempre que no superen los límites de gastos generales (directos e indirectos), no impliquen un incremento de la subvención total ni superen los límites salariales establecidos, y se solicite hasta **tres meses antes** de finalizar el plazo de ejecución.

¿Qué límite de gasto existe para el material de oficina y el mantenimiento informático?

Para gastos de material de oficina se establece un límite máximo de **6 €** por persona usuaria, y para gastos de reparación y mantenimiento de ordenadores el límite máximo es de **600 €**.

Convocatoria oficial

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