AYUDAS AL ALQUILER- PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA 2026
AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR
Importe total: 160.000 €
Apertura del plazo: 13 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 12 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: Andalucía · Jaén
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934826
A quién va dirigida
Personas físicas (mayores de edad o menores emancipadas), unidades familiares o de convivencia que residan en el término municipal de Andújar. Existen dos modalidades:
Actuación 1 (General): Para cualquier persona o unidad familiar que cumpla los requisitos.
Actuación 2 (Jóvenes - JOV): Para unidades donde al menos uno de los titulares del contrato de alquiler tenga entre 18 y 34 años (menor de 35 años) en el momento de la solicitud.
Requisitos
Nacionalidad: Española, de un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo. Extranjeros no comunitarios deben tener residencia legal en España.
Vivienda: No ser titular del pleno dominio ni tener un derecho real de goce o disfrute vitalicio de una vivienda protegida o libre (salvo no disponibilidad por separación o divorcio), ni tener derecho de uso sobre una vivienda pública.
Contrato de alquiler: Ser arrendatario de una vivienda de titularidad privada conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos. El contrato debe estar vigente al presentar la solicitud.
Renta mensual: El alquiler debe ser igual o superior a 200 € y no superar los 500 €.
Empadronamiento: Estar empadronado en la vivienda alquilada a la fecha de la firma del contrato y, en todo caso, al finalizar el plazo de solicitudes. Debe ser la residencia habitual y permanente (acreditado con certificado histórico).
Ingresos máximos: El límite de ingresos máximos de la unidad familiar es de 5,5 veces el IPREM (46.200 €) (calculado sobre el IPREM de 8.400 €). Se debe contar con una fuente regular de ingresos acreditada para pagar el alquiler.
Documentación del contrato:
Modelo 600 (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
Certificación energética.
Modelo 806 (depósito de fianza en AVRA) solo para contratos firmados hasta el 23 de enero de 2026 inclusive. Exento para contratos desde el 24 de enero de 2026.
Obligaciones tributarias: Estar al corriente con la Agencia Tributaria, Seguridad Social, Diputación de Jaén y el Ayuntamiento de Andújar. No tener deudas por reintegro ni subvenciones de alquiler municipales pendientes de justificar.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se abre el 13 de octubre de 2026 y cierra el 12 de noviembre de 2026.
Documento bancario: Se debe presentar el certificado de titularidad de la cuenta corriente (Anexo III), salvo que se haya sido beneficiario en convocatorias anteriores y se mantenga la misma cuenta.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la ayuda si tengo una vivienda en propiedad pero me he divorciado?
Sí, se exceptúa del requisito de no tener vivienda en propiedad a aquellas personas que acrediten no disponer de ella por una causa de separación o divorcio.
¿Se admiten alquileres de viviendas sociales o de fundaciones?
No, las viviendas objeto de este programa deben ser exclusivamente de titularidad privada. No se admiten viviendas de la Administración, de sus entes instrumentales, ni de entidades de carácter benéfico social o sin ánimo de lucro.
¿Qué pasa si me cambio de piso durante la ayuda?
Si cambia su domicilio habitual a otra vivienda en **Andújar** con un nuevo contrato, debe comunicarlo al Ayuntamiento. No perderá la subvención de los meses del contrato anterior si el nuevo contrato cumple los requisitos y se formaliza sin interrupción temporal, aunque no esté empadronado en el nuevo piso al terminar el plazo de solicitudes.
¿Es obligatorio presentar el depósito de fianza (Modelo 806)?
Solo es obligatorio para los contratos de arrendamiento formalizados hasta el **23 de enero de 2026** inclusive. Para los contratos firmados a partir del **24 de enero de 2026**, esta obligación está suprimida.