Convocatoria de de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Igualdad

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE COTILLAS, LAS

A quién va dirigida

Esta convocatoria está destinada a las personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, lo que incluye a las asociaciones y entidades que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras.

Requisitos

Para poder ser beneficiario, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se subvencionan los gastos derivados del desarrollo de actividades y proyectos asociativos orientados a la sociedad en general, cuya finalidad principal sea la sensibilización en igualdad de trato, la no discriminación por razón de sexo y la consecución de la igualdad real entre personas.

Los proyectos deben cumplir alguno o varios de los siguientes objetivos:

1. Fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en ámbitos como el empleo, carrera profesional, conciliación y brecha salarial.

2. Luchar contra cualquier forma de discriminación y promover la igualdad de oportunidades.

3. Prevenir la violencia de género, sensibilizar a la sociedad para su erradicación y anticipar su detección.

4. Facilitar el cambio social hacia una igualdad real y efectiva.

5. Fomentar el movimiento asociativo entre mujeres.

No serán objeto de subvención:

Cuantía

La partida presupuestaria cuenta con un importe total máximo de 4.500 € con cargo a la aplicación 2314.489.00 "Fomento Actuaciones de Igualdad y Convivencia".

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM). El periodo de apertura oficial está fijado del 2026-10-13 al 2026-11-06.

La solicitud y la documentación requerida se deben presentar siguiendo la forma establecida en el artículo 6 de las bases reguladoras. Una vez formulada la propuesta de resolución definitiva, se deberá comunicar la aceptación mediante instancia general en la sede electrónica del Ayuntamiento en un plazo de 5 días.

Criterios de valoración

La concesión de la ayuda se determinará bajo régimen de concurrencia competitiva por una Comisión de Valoración, aplicando los siguientes porcentajes de reparto:

Preguntas frecuentes

¿Puedo organizar una comida o un viaje para la asociación con este dinero?

No. El extracto excluye expresamente de las ayudas los encuentros o cursos gastronómicos, así como los viajes culturales o lúdicos que no tengan relación directa con las actividades de sensibilización en igualdad de género.

¿Qué ocurre si me proponen una ayuda menor a la cantidad que solicité?

En caso de que la propuesta de resolución provisional plantee un importe inferior al solicitado, podrás presentar una reformulación de tu solicitud para ajustar los compromisos y condiciones, teniendo en cuenta que deberás justificar el **100%** del proyecto que sirva de base para la concesión.

¿Cuál es el plazo de resolución de esta convocatoria?

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de **6 meses** desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre este plazo sin notificación, se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Convocatoria oficial

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