202609001112 Ayudas individualizadas solicitadas por personas con discapacidad Bonotaxi
AYUNTAMIENTO DE MURCIA
Importe total: 45.273 €
Apertura del plazo: 13 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 09 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934102
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a personas con discapacidad gravemente afectadas en su movilidad o con discapacidad visual grave y sordoceguera, empadronadas en el municipio de Murcia.
Requisitos
Para poder solicitar la ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
Empadronamiento: Estar empadronado en el municipio de Murcia durante un período mínimo de un año previo a la publicación de la convocatoria, y permanecer de alta mientras se perciba la ayuda.
Discapacidad: Tener reconocida una discapacidad de al menos el 33 %.
Baremo de movilidad: Dependiendo de la fecha y normativa del reconocimiento de discapacidad, se debe acreditar:
Al menos 7 puntos en el baremo de dificultad para utilizar transportes colectivos (según el RD 1971/1999) para resoluciones anteriores al 19 de abril de 2023.
Al menos el 25 % (o puntuación igual o superior a 25 puntos) en el Baremo de Limitación de las Actividades de Movilidad (BLAM), según el RD 888/2022, para resoluciones posteriores al 19 de abril de 2023.
Para personas con discapacidad visual grave: mostrar en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
Límite de ingresos anuales (Renta per cápita de la unidad de convivencia):
Unidades de 1 persona computable: no superar el 245 % del IPREM 2026.
Unidades de 2 o más personas computables: no superar el 213 % del IPREM 2026.
Obligaciones tributarias: Hallarse al corriente con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y no ser deudor por ningún concepto a la Hacienda Municipal.
Justificación previa: Tener justificadas las subvenciones de esta misma ayuda concedidas en la convocatoria de 2024, y presentada la justificación de la convocatoria de 2025, si se fue beneficiario en esos años.
Presentar una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
Qué se subvenciona
Se subvenciona una prestación económica (Bonotaxi) destinada a financiar los desplazamientos en taxi para favorecer la autonomía personal y la inclusión social de personas con movilidad reducida que tienen dificultades para utilizar transportes públicos colectivos.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 45.272,90 euros. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva hasta el agotamiento de este gasto autorizado.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo es de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (el periodo de apertura oficial indicado es del 2026-10-13 al 2026-11-09).
Cómo solicitarla: Las solicitudes se deben presentar utilizando el modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (www.murcia.es) o de forma presencial en las Oficinas Municipales de Información y Registro del Ayuntamiento de Murcia.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si recibí esta ayuda en los años 2024 o 2025?
Para poder solicitar la ayuda de 2026, es obligatorio tener **justificadas** las ayudas concedidas en la convocatoria de **2024** y haber presentado la justificación correspondiente a la convocatoria de **2025**.
¿Qué límite de ingresos se exige para una persona que vive sola?
Si la unidad de convivencia es de **1 persona** computable, la renta per cápita anual no puede superar el **245 % del IPREM 2026**.
¿Qué grado de discapacidad visual es necesario para acceder a la ayuda?
Es necesario acreditar una agudeza visual igual o inferior al **0,1** con corrección en el mejor ojo, o tener el campo visual reducido a **10 grados** o menos.