Convocatoria de Ayudas 2026 para la creación de infraestructuras para la investigación en tecnologías de uso dual.
ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Importe total: 114.690.343 €
Apertura del plazo: 04 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 07 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN
Ámbito territorial: ES - ESPAÑA
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 933308
A quién va dirigida
Entidades que no desarrollen actividad económica y pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
Universidades públicas y sus institutos universitarios (conforme a la Ley Orgánica 2/2023) inscritas en el Registro regulado por el Real Decreto 1509/2008.
Organismos públicos de investigación (OPI) de la Administración General del Estado (según el artículo 47.2 de la Ley 14/2011).
Otros centros públicos de I+D con personalidad jurídica propia, dependientes de la Administración General del Estado o del resto de administraciones públicas y sus organismos, que tengan la I+D+i como actividad principal en sus estatutos, normativa u objeto social (incluidos los centros tecnológicos de propiedad y gestión pública).
Qué se subvenciona
La construcción y mejora de infraestructuras para la investigación en tecnologías de uso dual, en los ámbitos tecnológicos determinados en la Recomendación (UE) 2023/2113 e identificados en el anexo II de las bases reguladoras. La concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva.
Cuantía
El presupuesto total asciende a 114.690.343,02 €. Las cuantías por solicitud son:
Ayuda mínima: 900.000 €.
Ayuda máxima: 8.000.000 €, supeditada al presupuesto disponible por región.
Posibilidad de solicitar un anticipo de hasta el 80% de la ayuda concedida, sujeto al cumplimiento de los requisitos del artículo 28 de las bases reguladoras.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de solicitud finaliza al transcurrir dos (2) meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (fechas del registro oficial: del 4 de octubre de 2026 al 7 de diciembre de 2026).
Preguntas frecuentes
¿Pueden optar a la ayuda empresas privadas o entidades mercantiles?
No. La convocatoria está reservada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, limitándose a universidades públicas, OPI de la Administración General del Estado y centros públicos de I+D.
¿Cuál es el importe que puede recibir cada solicitud?
La ayuda concedida oscila entre un mínimo de **900.000 €** y un límite máximo de **8.000.000 €**, condicionado al crédito disponible por región.
¿Se permite cobrar fondos por adelantado?
Sí, se puede solicitar un anticipo de hasta el **80%** de la subvención otorgada, siempre que se cumpla lo regulado en el artículo 28 de las bases.