Resolución de Alcaldía nº2754 de 28 de septiembre de 2026, por la que se convoca concesión de subvenciones para rehabilitación de inmuebles, incluidos en el ámbito del casco histórico de Utiel y edificios catalogados. Año 2026

AYUNTAMIENTO DE UTIEL

A quién va dirigida

Esta convocatoria está destinada a:

Aplica a inmuebles de titularidad privada situados en el ámbito del Plan Especial del Núcleo Histórico Tradicional de Utiel y en edificios catalogados.

Qué se subvenciona

Se financia la ejecución de obras de rehabilitación, conservación, consolidación estructural y ornato. Las actuaciones se clasifican en:

1. Pintado de fachadas completas.

2. Reparaciones de balcones, aleros y cuerpos volados.

3. Impermeabilización y/o adecentamiento de medianeras vistas.

4. Reposición, restauración o nueva colocación de carpinterías exteriores de fachadas (si se rehabilita la fachada en su totalidad).

5. Colocación de canalones y bajantes de cubiertas.

6. Retirada de zócalos y aplacados cerámicos.

7. Pintura de carpinterías exteriores, puertas de garaje y persianas de comercios.

8. Pintura de cerrajerías.

9. Empotrar y ocultar contadores.

10. Rehabilitación de muros de fachada para su posterior pintura.

11. Retirada o reubicación de unidades exteriores de climatización.

Las obras pueden haber obtenido licencia de obras dentro de los tres meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que no se hayan iniciado en el momento de presentar la solicitud.

Cuantía

El crédito máximo total de la convocatoria es de 50.000 €. Las cuantías se distribuyen de la siguiente manera:

El presupuesto de la actuación se calculará utilizando límites máximos de precios unitarios (por ejemplo, 12 €/m² para tratamiento integral de fachada, 200 €/m² para sustitución completa de cubierta o 12 €/m para bajantes de zinc).

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (apertura: 29 de septiembre de 2026; cierre: 6 de noviembre de 2026).

Las solicitudes se deben presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Utiel o por los medios previstos en la Ley 39/2015, acompañadas de:

Obligaciones

Los beneficiarios deben cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

Preguntas frecuentes

¿Es necesario tener la licencia de obras concedida antes de pedir la subvención?

No de forma obligatoria para realizar la solicitud, pero la concesión de la ayuda no implica que se autoricen las obras. Deberá solicitar la licencia correspondiente y pagar las tasas antes de iniciar los trabajos.

¿Se pueden subvencionar obras que ya han comenzado?

No. Solo se admiten obras no iniciadas al presentar la solicitud. Pueden tener licencia concedida en los tres meses anteriores a la convocatoria, pero el personal técnico municipal comprobará que las obras no han empezado.

¿El IVA de las obras es subvencionable?

No, el IVA está expresamente excluido del cálculo de las ayudas tanto para las obras estructurales como para las de ornato.

Convocatoria oficial

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