ORDEN DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2026 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES PARA LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, PROMOVIDOS POR ENTIDADES LOCALES, DURANTE EL EJERCICIO DE 2026

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN

A quién va dirigida

Pueden optar a estas ayudas las entidades que desarrollen actuaciones en su ámbito territorial:

Qué se subvenciona

La financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación en el ejercicio 2026. Las actuaciones deben reunir las siguientes características:

Cuantía

El crédito total máximo disponible para esta convocatoria es de 80.000.000,00 €.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE, abriéndose el 28 de septiembre de 2026 y finalizando el 6 de noviembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Pueden solicitar la subvención las áreas metropolitanas?

No. Quedan expresamente excluidas las áreas metropolitanas entre las entidades locales beneficiarias.

¿Se permite la solicitud conjunta mediante agrupaciones?

Sí, pueden concurrir agrupaciones de entidades locales constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan los requisitos.

¿Qué dimensiones obligatorias deben abordar los proyectos?

Los proyectos deben orientarse a la reactivación socioeconómica revalorizando el entorno rural desde tres dimensiones: socioeconómica, medioambiental y de género.

Convocatoria oficial

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