Convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades deportivas, anualidad 2026

AYUNTAMIENTO DE BORGES BLANQUES, LES

A quién va dirigida

Esta convocatoria está destinada a las entidades deportivas legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, así como a aquellas entidades que dispongan de una sección deportiva activa y que desarrollen su actividad en el municipio de Les Borges Blanques. Quedan excluidas expresamente las entidades con finalidad mercantil.

Requisitos

Para poder optar a la subvención, las entidades solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

Qué se subvenciona

Se financian los gastos directamente vinculados al desarrollo de la actividad deportiva realizada durante el año 2026.

Gastos permitidos:

Gastos no permitidos:

Cuantía

La dotación económica total de la convocatoria es de 48.000,00 euros.

Las subvenciones se estructuran en tres líneas de actuación (cada entidad solo podrá solicitar una línea correspondiente a su actividad principal):

Se puede solicitar el anticipo del 100% del importe concedido en la misma solicitud.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Lleida y tiene una duración de 30 días hábiles (del 3 de septiembre de 2026 al 31 de octubre de 2026).

Las solicitudes se dirigirán mediante instancia normalizada al Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Les Borges Blanques y solo se aceptará una solicitud por entidad.

El plazo para ejecutar el proyecto es todo el año 2026, y el plazo de justificación finaliza el 31 de enero de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir un anticipo del dinero de la subvención?

Sí, se puede solicitar el **anticipo del 100%** del importe concedido en el mismo momento de presentar la solicitud, el cual se abonará en un plazo máximo de **un mes** desde el acuerdo de concesión.

¿Cuál es el plazo para resolver y qué pasa si no hay respuesta?

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo es de **tres meses** desde que finaliza el período de presentación de solicitudes. Si transcurre este plazo sin notificación, la solicitud se entenderá desestimada por **silencio administrativo**.

¿Qué documentos se deben presentar para justificar la subvención?

La documentación justificativa consiste en una **memoria de actividades** y una **justificación económica**, las cuales deben presentarse como máximo el **31 de enero de 2027**.

Convocatoria oficial

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